inconvencionalidad de la respuesta penal para proteger el honor de los funcionarios
públicos (supra 13, 14 y 15); 3) la aplicación del derecho de rectificación o de
respuesta art. 14 de la Convención Americana; 4) en el caso de responsabilidad civil
la necesidad de que la misma se aplique en caso de dolo o negligencia extrema y de
manera proporcionada que evite una efecto amedrentador o de censura de las y los
periodistas.
36. En lo que refiere a la responsabilidad civil, es importante que el análisis de
proporcionalidad incluya también el análisis de los montos de la condena. Ambas con
el objetivo de que no impliquen medidas disuasorias al debate democrático.
37. Las normas generales y abiertas sobre responsabilidad extracontractual como
el artículo 1045 del Código Civil de Costa Rica deben ser analizadas en el caso de
responsabilidad ulterior de periodistas, con relación a la protección del honor de
funcionarios públicos en casos de interés público y con referencia a hechos relativos
a su función, efectuando un estricto control de convencionalidad en los términos que
he tratado de desarrollar en el presente voto.
Ricardo C. Pérez Manrique
Juez
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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