15 gobierno del estado de Chihuahua publicó íntegra la sentencia en los portales del gobierno del estado, de la Fiscalía General y la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género, en las siguientes direcciones: http://www.chihuahua.gob.mx/principal[,] http://fiscalia.Chihuahua.gob.mx/intro/?page_id =4065 [y] http://fiscalia.Chihuahua.gob.mx/intro/?page_id=2083”. 54. Los representantes no presentaron observaciones al tercer informe del Estado. Consideraciones de la Corte 55. La Corte observa que el Estado publicó los párrafos pertinentes y puntos resolutivos de la Sentencia en el Diario Oficial de la Federación 15, el periódico “El Universal”, como periódico de amplia circulación nacional 16, y el periódico “El Diario”, como periódico de amplia circulación en el estado de Chihuahua 17. Además, la Sentencia se encuentra actualmente disponible, inter alia, en las páginas electrónicas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Procuraduría General de la República, como entidades federales, y de la Fiscalía de Chihuahua 18. Por tanto, la Corte considera que el Estado cumplió con la sentencia respecto a este punto. E) Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, en relación con los hechos del presente caso, en honor a la memoria de Laura Berenice Ramos Monárrez, Esmeralda Herrera Monreal y Claudia Ivette González 56. El Estado, en su segundo informe, indicó que “[c]on la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo 469 [de la Sentencia], respecto de la participación activa de los familiares de las tres víctimas sobre las particularidades de la ceremonia pública, autoridades de los tres órdenes de gobierno durante el 2011 mantuvieron [cinco] reuniones de trabajo con los representantes y las madres de las víctimas […] a efecto de dar seguimiento a los acuerdos previamente establecidos, así como [para] acordar nuevas acciones para dar cumplimiento a los resolutivos” 16 y 17 de la Sentencia. Al respecto, el Estado manifestó que durante dichas reuniones se discutieron los siguientes temas: i) discurso de reconocimiento de responsabilidad internacional; ii) fecha de la ceremonia y autoridades que encabezaron el evento; iii) participación de los familiares de las víctimas e invitación a organizaciones que representan a los familiares de las víctimas en instancias nacionales e internacionales, y iv) transmisión de la ceremonia pública a través de radio y televisión. 57. Además, el Estado informó que el 7 de noviembre de 2011 se llevó a cabo un acto público de reconocimiento de responsabilidad en Ciudad Juárez, Chihuahua, con la presencia del entonces Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, la Secretaria General de Gobierno del estado de Chihuahua y el Secretario del Ayuntamiento de Juárez, [,] http://fiscalia.chihuahua.gob.mx/intro/?page_id=4065 [,] http://fiscalia.chihuahua.gob.mx/intro/?page_id =2083” (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo VII, folio 3324). 15 Cfr. Copia de la publicación de la Sentencia en el Diario Oficial el 8 de marzo del 2010 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo II, folios 267 y ss). 16 Cfr. Copia de la publicación de la Sentencia en el periódico “El Universal” el 8 de marzo del 2010 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo II, folios 327 y ss). 17 Cfr. Copia de la publicación de la Sentencia en el periódico “El Diario” el 8 de marzo del 2010 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo II, folios 343 y ss). 18 Cfr. expediente de supervisión de cumplimiento, tomo VII, folio 3324.

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