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entregaron personalmente los cheques a la señora Benita Monárrez Salgado, Laura Berenice
Ramos Monárrez, Claudia Ivonne Ramos Monárrez y Daniel Ramos Monárrez. En lo que
respecta a los menores de edad Ramón Antonio Aragón Monárrez, Claudia Dayana
Bermúdez Ramos, Paola Alexandra Bermúdez Ramos, Atziri Geraldine Bermúdez Ramos e
Itzel Arely Bermúdez Ramos, lo cheques fueron entregados a sus padres. Igualmente, el
Estado manifestó que se firmó un poder notarial que autoriza a la señora Benita Monárrez,
madre de Laura Ramos, para que reciba los cheques que corresponden a su hija por
concepto de indemnización según la Sentencia.
128. La Comisión y los representantes confirmaron que el Estado realizó los pagos
indicados.
Consideraciones de la Corte
129. De la información aportada por las partes 42, la Corte concluye que el Estado ha
cumplido íntegramente con los pagos correspondientes a la indemnización del daño
inmaterial y al reintegro de las costas y gastos dispuestos en los puntos resolutivos séptimo
y décimo de la Sentencia.
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
En el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones y de
conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, 25.1 y 30 del Estatuto, y 31.2 y 69 de su Reglamento,
RESUELVE QUE:
1.
De conformidad con lo señalado en los párrafos considerativos pertinentes de la
presente Resolución, el Estado ha dado cumplimiento a los siguientes puntos resolutivos de
la Sentencia:
a)
publicaciones en el Diario Oficial de la Federación, en un diario de amplia
circulación nacional, en un diario de amplia circulación en el estado de Chihuahua, y
en una página electrónica oficial del Estado;
b)
realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional,
en relación con los hechos del presente caso;
c)
levantar un monumento en memoria de las mujeres víctimas de homicidio por
razones de género en Ciudad Juárez;
d)
continuar con la estandarización de todos sus protocolos, manuales, criterios
ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia,
utilizados para investigar todos los delitos que se relacionen con desapariciones,
violencia sexual y homicidios de mujeres;
42
Cfr. copias de los certificados, cheques de pago y constancias de recibo del pago (expediente de
supervisión de cumplimiento, tomo II, folios 582 a 820).