“[V]isitaba a sus esposo en donde se encontraba preso y dicha visita duraba un tiempo aproximado de una hora pero al final únicamente le daban veinticinco minutos de visita y a la vez se deba cuenta de lo mal alimentado que se encontraba su esposo ya que dicha comida parecía de animales, así mismo no podían tener un aseo personal adecuado ya que el agua llegaba a cada ocho o quince aproximadamente […] cuando llevaba a sus hijos a los días de visita a ver a su esposo […] su esposo no podía abrazarlos porque tenía una grilleta en la mano izquierda atado a un barrote de hierro y solo con la mano derecha podía hacerles una muestra de cariño a sus hijos” 100. 82. Asimismo, la señora Osorio García de López declaró que intentaba llevarle “lo poco que podía en medicina” para su enfermedad y que costaba entrar dicha medicina, destacando también que la diabetes que sufría el señor López Calo le afectó los riñones y le produjo pérdida parcial de la visión, todo ello debido a la falta de atención médica 101. 83. El señor López Calo obtuvo su libertad el 23 de agosto de 2016 por el beneficio de redención de penas por trabajo y buena conducta 102 y falleció el día de 11 de enero de 2017 de un infarto de miocardio 103. (iii) Condiciones carcelarias del señor Archila Pérez 84. El señor Archila Pérez estuvo recluido en la cárcel de la Zona 18 en la ciudad de Guatemala durante cinco años, hasta que el 29 de mayo de 1999 fue traslado a la cárcel de “El Infiernito” 104. Con respecto a las limitaciones relativas a las condiciones generales de la prisión, las celdas, el acceso atención médica, alimentación, medicamentos y agua, la Corte se remite a lo ya señalado en los párrafos 74 a 77 supra. 85. Por otro lado, según lo declarado por la señora Irma Morales Morata, esposa del señor Archila Pérez, éste “sufría mucho” en la cárcel, ya que le contaba que “todo era difícil allí dentro ya que no tenía los servicios ni condiciones humanas, sino que dentro de las cárcel las condiciones [eran] precarias y por todo tenían que pagar o si no hasta lo golpeaban”. Con respecto al régimen de visitas, la señora Morales indicó que “nunca [le] dejaron verlo”, pese a que ella iba con sus hijos y solicitaba verle, a lo que le respondían que no podía porque estaba enfermo 105. Según la señora Morales, tras la muerte del señor Archila Pérez se enteró de que “lo tenían en una celda de castigo más conocida 100 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público realizada por Miriam Floridalma Osorio García de López, de 1 de marzo de 2019 (expediente de prueba, folios 2430 y 2432). 101 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público realizada por Miriam Floridalma Osorio García de López, de 1 de marzo de 2019 (expediente de prueba, folio 2433). 102 Cfr. Comunicación de la Secretaría General de la Presidencia, de 28 de junio de 2018 (expediente de prueba, folio 2392). 103 Cfr. Certificado de defunción de Miguel Ángel López Calo emitido por el Registro Civil del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, defunción no. 162576 (expediente de prueba, folio 1322). 104 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público realizada por Irma Morales Moratava de Archilla, de 1 de marzo de 2019 (expediente de prueba, folio 2438). 105 A este respecto, la señora Morales indicó expresamente que: “[E]l 29 de mayo 1999 fue trasladado a una cárcel de máxima seguridad la cual le llamaban El INFIERNITO que está ubicada en el departamento de ESCUINTLA, desde esa fecha comencé a sufrir más porqué ese lugar queda mucho más lejos y para mi representaba muchos gastos y cuando iba no me dejaron verlo, incluso cuando me llevaba a mis hijos y nunca me dejaron verlo, yo pedía que lo quería ver y a mí me negaban verlo porque me dijeron que él estaba enfermo pero él no se fue enfermo de la cárcel de la zona 18 y me pedían medicinas y sueros y nunca se los dieron. Yo hable, pedí hablar con el director de presidios y él me dijo que él ya estaba mejor y yo le pedí verlo y me lo negó, incluso yo le dije al director que si me lo podía dar con custodia para llevarlo con el doctor, porque yo no lo había visto ni creí que estaba enfermo, por eso quería verlo y no quería que me lo mataran allí adentro […]” (Declaración rendida ante fedatario público realizada por Irma Morales Moratava de Archilla, de 1 de marzo de 2019, expediente de prueba, folio 2438). 25

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