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humanos . Específicamente, sobre la situación de las defensoras y defensores de los recursos naturales
en Honduras manifestó su “honda preocupación [por] las violaciones al derecho a la vida, a la seguridad
11
y a la integridad física y psíquica” de los mismos .
58.
La Relatora Especial sobre Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de
Naciones Unidas destacó en 2002 que “los defensores de los derechos humanos de Honduras han
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vivido un período difícil por las amenazas de muerte” . Asimismo destacó haber recibido información
sobre ecologistas asesinados a instancias de terratenientes y empresarios, quienes “disfrutaban de una
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inmunidad prácticamente de hecho debido a su condición social y sus contactos políticos” .
59.
En 2005 Honduras señaló ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas
sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos lo siguiente:
La realidad de Honduras es que los gobiernos hacen muy poco por atender a la población nativa
que se encuentra conviviendo con la naturaleza particularmente tierra adentro. […] aprovechando
lo anterior un reducido grupo de personas (políticos y empresarios) que promueven la
sobreexplotación de los recursos naturales renovables y no renovables y sus acciones degradan
y contaminan el ambiente, perjudicando a todo el pueblo por la apropiación indebida, ilegal y
arbitraria de grandes extensiones de tierra que son una fuente natural de riqueza impidiendo a
los pobladores de las comunidades la libre disposición de los recursos para la obtención de
ingresos y alimentos que contribuyen al sostenimiento del grupo familiar[. E]n algunos casos los
pobladores que defienden los recursos naturales y el medio ambiente pierden su vida (v.g.
Janeth Kawas) al oponerse a la destrucción o apropiación indebida de sitios considerados
patrimonio de todos los habitantes por su belleza escénica y fuente de trabajo (v.g. Bahía de
Tela) que significan alivio a las familias para la obtención de ingresos y alimentos. Carlos Luna es
otro mártir que perdió su vida por defender los recursos forestales de Olancho. Otros pobladores
que defienden sus derechos de disponer libremente de las riquezas y recursos naturales […]
corren igual fin al perder la vida por encargo o por ser un estorbo a intereses de sectores
económicos pudientes (v.g. 12 pescadores de la zona sur fueron asesinados entre el año 1990 al
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2001), y sus muertes permanecen en la impunidad .
60.
Debido a la situación de violencia contra las personas dedicadas a la defensa y
promoción de los recursos naturales en Honduras, en el 2007 el Estado creó el “Grupo de
Investigaciones para las Muertes de los Ambientalistas, adscrito a la Secretaría de Estado en el
Despacho de Seguridad, en el cual tiene a su cargo la investigación de los casos relacionados con la
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Anexo 4. ONU, Consejo de Derechos Humanos. Aplicación de la Resolución 60/215 de la Asamblea General, de 15 de
marzo de 2006 “Titulada Consejo de Derechos Humanos”. Informe presentado por la Sra. Hina Jilani, Representante Especial del
Secretario General sobre la cuestión de defensores de derechos humanos. A/HRC/4/37. 24 de enero de 2007. Párr.45
11
Anexo 5. UN. Economic and Social Council. Promotion and Protection of Human Rights Human Rights Defenders.
Report submitted by the Special Representative of the Secretary-General on human rights defenders, Hina Jilani. Addendum.
Compilation of developments in the area of human rights defenders. E/CN.4/2006/95/Add.5. 6 March 2006, párr. 724.
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Anexo 6. ONU, Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial de sobre Ejecuciones extrajudiciales,
sumarias o arbitrarias, Sra. Asma Jahangir, Adición, Misión a Honduras, Documento E/CN.4/2003/3/Add.2, 14 de junio de 2002,
párr. 67, anexo al escrito de los peticionarios de 14 de enero de 2003.
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Anexo 6. ONU, Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre Ejecuciones extrajudiciales,
sumarias o arbitrarias, Sra. Asma Jahangir, Adición, Misión a Honduras, Documento E/CN.4/2003/3/Add.2, 14 de junio de 2002,
párr. 63, anexo al escrito de los peticionarios de 14 de enero de 2003. Asimismo, varias organizaciones no gubernamentales
locales e internacionales han denunciado la impunidad generalizada de las violaciones a los derechos humanos de los
ambientalistas en Honduras. Ver Anexo 7. Amnistía Internacional, Honduras: Hay mucho que hacer en materia de derechos
humanos, 7 de agosto de 2001, pág. 26; Amnistía Internacional, Actores esenciales de nuestro tiempo: Los defensores de los
derechos humanos en América, Noviembre de 2003, AI: AMR 01/009/2003/s, pág 24. Ver también Anexo 8. Peritaje sobre “la
situación de las defensoras del medio ambiente y recursos naturales, y de los defensores de los derechos humanos en Honduras,
rendido por Rigoberto Ochoa Peralta en el Caso Kawas Fernández Vs. Honduras. Asimismo, ver peritaje de Clarisa Vega en el
mismo caso.
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Anexo 9. ONU, Comité de Derechos Humanos, Examen de los informes presentados por los estados partes en virtud
del artículo 40 del Pacto, Informe inicial, HONDURAS, CCPR/C/HND/2005/1, 26 de abril de 2005, párr. 15.