Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos* de 17 de noviembre de 2009 Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) Vs. Venezuela Supervisión de Cumplimiento de Sentencia Visto: 1. La Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) emitida en el presente caso por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 5 de julio de 2006, mediante la cual dispuso que el Estado de Venezuela (en adelante “el Estado”) debe: […] 7. […] emprender, con plena observancia de las garantías judiciales y en un plazo razonable, todas las acciones necesarias para identificar, juzgar y [en su caso] sancionar a todos los responsables de las violaciones cometidas en perjuicio de las víctimas del […] caso, en los términos de los párrafos 137 a 141 de [la] Sentencia[;] 8. […] realizar inmediatamente todas las actuaciones necesarias y adecuadas para garantizar de manera efectiva la ubicación y entrega, en un plazo razonable, de los cuerpos de José León Ayala Gualdrón y Edgar José Peña Marín, en los términos del párrafo 142 de [la] Sentencia[;] 9. […] adecuar, en un plazo razonable, su legislación interna a los términos de la Convención Americana, en los términos de los párrafos 143 y 144 de [la] Sentencia[;] 10. […] adoptar, dentro de un plazo razonable, las medidas necesarias para que las condiciones de las cárceles se adecuen a los estándares internacionales relativos a esta materia, en los términos de los párrafos 145 y 146 de [la] Sentencia[;] * Por razones de fuerza mayor la Presidenta de la Corte, Jueza Cecilia Medina Quiroga, y el Juez Leonardo A. Franco no participaron en la deliberación y firma de la presente Resolución. El Vicepresidente, Juez Diego GarcíaSayán, asumió la Presidencia, conforme al artículo 5.1 del Reglamento de la Corte.

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