85. Las mujeres, a su llegada al Centro Penal de Miraflores, fueron enviadas a una misma celda y no les dieron frazadas ni comida94. Durante su estadía en el Centro Penal de Miraflores, no contaron con asistencia médica. Únicamente fueron visitadas por un médico forense que ni siquiera las auscultó95. 86. El 12 de abril de 2002, Genaro Ahuacho Luna (también conocido como Walter Herrera Ríos) tuvo una pérdida de conocimiento momentáneo. El médico de la Penitenciaria de Chonchocoro lo diagnosticó con un Accidente Cerebrovascular y sugirió su traslado a un centro hospitalario96. De acuerdo con Víctor Boggiano Bruzzón, quien compartía celda con Genaro Ahuacho Luna, tardaron más de cuatro horas en trasladarlo a un centro hospitalario, dejándolo sin atención médica97. Finalmente, fue trasladado al Hospital Corazón de Jesús en donde fue internado con un diagnóstico presuntivo de accidente vascular cerebral isquémico en territorio de arteria cerebral media izquierda, síndrome coronario agudo con probable infarto agudo de miocardio. Se inició su tratamiento. Sin embargo, el 14 de abril de 2002, a las 1:15 horas presentó de forma súbita un paro respiratorio, por lo que fue intubado y conectado a un ventilador mecánico. A las 18:50 horas presentó un paro cardio respiratorio irreversible y falleció98. B.4. La muerte de María Fernanda Peña Gallardo 87. Luego de la detención de su madre, Patricia Gallardo, María Fernanda Peña Gallardo sufrió una afectación en su situación emocional. En la acusación presentada por el Ministerio Público por el delito de asesinato y robo agravado en el caso Prosegur, María Fernanda Peña Gallardo figuraba como imputada99, de esta forma había sido convocada a dar una declaración informativa ante el Ministerio Público el 6 de junio de 2002100. El 5 de junio de 2002 María Fernanda Peña Gallardo realizó un intento de suicidio por intoxicación medicamentosa lo que ocasionó su muerte el 14 de julio de 2002101. C. El proceso penal en contra de las presuntas víctimas, condenas y ejecución de la pena C.1. El proceso penal contra las presuntas víctimas 94 Cfr. Declaración rendida en audiencia privada por F.E.P.M. el 21 de junio de 2022. 95 Cfr. Declaración rendida por affidávit por Patricia Gallardo Ardúz el 15 de junio de 2022 (expediente de prueba, folio 12722). Cfr. Informe médico suscrito por A.Y.A., médico de la Penitenciaria San Pedro de Chonchocoro, 12 de abril de 2002 (expediente de prueba, folio 9835). 96 97 En su declaración ante Pablo Gabriel García en el marco de un peritaje psicológico indicó “Yo le cuidaba, le dio un derrame cerebral. Estaba tirado en la camita. Yo le decía: ¡Walter! Y el hacía nomás (acto de mover el brazo y la pierna compulsivamente). El médico dijo que luego lo iban a curar. No hizo más que traer paracetamol. La luz de sus ojos se perdió y dejó de moverse. A mí me afectó mucho. ¡Policía! ¡Llévelo! Empecé a fritar. Nada me respondía. Entre las 5 y 6 se lo llevaron, pero ya era tarde. De 2 a 6 esperaron sin hacer nada. El médico lo miraba largo y se pasaba. No hacía nada. Lo único… a cada rato le tomaba el pulso. ¡Querían que esté muerto! (Peritaje psicológico sobre supuestos tratos crueles, inhumanos y degradantes en contra del señor Víctor Manuel Boggiano Bruzzón realizado por Pablo Gabriel García de fecha agosto del 2021, expediente de prueba, folio 9867). 98 Cfr. Informe médico No. 001380 firmado por JCZ de medicina interna y JFG Neurólogo, sin fecha (expediente de prueba, folio 9837). Cfr. Acusación por el delito de Asesinato y Robo Agravado emitida por el Ministerio Público en junio de 2002 (expediente de prueba, folio 532). 99 100 Cfr. Acta de Suspensión de Audiencia de Declaración Informativa emitida por el Ministerio Público el 6 de junio de 2002 (expediente de prueba, folio 838). 101 Cfr. Certificación de Defunción No. 155643 de 19 de julio de 2021 que certifica que María Fernanda Peña Gallardo falleció el 14 de julio de 2002 a las 16:15 horas producto de un paro cardiorrespiratorio (expediente de prueba, folio 10221). 27

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