regularización jurídica de los asentamientos poblacionales de los lotes fiscales 55 y
52
14” .
63.
En 1995 comenzó la construcción de un puente internacional en el territorio
reclamado por comunidades indígenas. Los días 25 de agosto y 16 de septiembre de
1996 personas indígenas ocuparon el puente (infra párr. 180). El Gobernador de Salta
se apersonó y firmó un Acta en la que se comprometió a la emisión de un Decreto en
30 días, que “asegurara la adjudicación definitiva de las tierras en cuestión, fijando sus
53
pautas y lineamientos” .
64.
Entre 1996 y 1998 Lhaka Honhat remitió varias comunicaciones a autoridades
54
pidiendo que se hiciera efectiva la formalización de la propiedad comunitaria .
C.2 Segunda fase (1999-2004): intentos de parcelaciones individuales y
oposición indígena
65.
El 8 de noviembre de 1999 la Provincia publicó edictos, en virtud de la
Resolución 423/99 emitida el 2 del mismo mes, emplazando, por 15 días, a todos
quienes se considerasen con derechos sobre terrenos del lote 55, puesto que se harían
55
algunas adjudicaciones de tierras a habitantes relevados . El 24 de diciembre
siguiente, mediante el Decreto 461, Salta realizó adjudicaciones de parcelas dentro del
56
lote 55 a algunos individuos y comunidades indígenas allí asentadas .
66.
El 1 de noviembre de 2000, se acordó iniciar un proceso de “conversaciones”
para que el Estado paralizara obras existentes en el territorio y no continuara con el
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proceso de entrega parcial de tierras . El 15 de diciembre del mismo año Salta
presentó una propuesta de adjudicación del lote 55, con entrega de fracciones a cada
comunidad, pero sujeta a la personalidad jurídica de cada una. El 6 de febrero de 2001
Lhaka Honhat, por medio de una carta, objetó la propuesta, aduciendo que la misma
no incluía el lote 14, no preveía un título único sino títulos fraccionados, sujetaba la
entrega de terrenos a acuerdos con criollos y exigía que cada comunidad obtuviera
52
Esta circunstancia, conforme se indicó en el Informe de Fondo, fue referida en una “Resolución
Defensorial” de 11 de agosto de 1999, de acuerdo a documentación remitida a la Comisión por el Defensor
del Pueblo, recibida el 19 de enero de 2001 por la Comisión.
53
Esta circunstancia, conforme se indicó en el Informe de Fondo, fue referida en una “Resolución
Defensorial” de 11 de agosto de 1999, de acuerdo a documentación remitida a la Comisión por el Defensor
del Pueblo, recibida el 19 de enero de 2001 por la Comisión.
54
La Comisión Interamericana señaló que en enero de 2001, el Defensor del Pueblo de la República
Argentina remitió a la Comisión copia de 18 comunicaciones enviadas entre 1996 y 1998 al Gobernador de la
Provincia de Salta, al Director del INAI, al Ministro de Gobierno y al Presidente de la Republica, entre otros.
55
Cfr. Resolución 423 publicada el 2 de noviembre de 1999. Expediente de prueba, anexo C.2 al
escrito de solicitudes y argumentos., fs. 30.106 al 30.110.
56
Así: (a) se adjudicó en forma comunitaria la propiedad de distintas parcelas del lote 55 a las
comunidades indígenas Molathati (1.003 ha), Madre Esperanza (781 ha), La Merced Nueva (295 ha), Nueva
Esperanza (47 ha) y Bella Vista (1.682 ha); y (b) se adjudicó en forma individual la propiedad de distintas
parcelas del lote 55 a tres personas, por extensiones de 1.014 ha, 758 ha y 22 ha. Cfr. Decreto No. 461 de
Salta de 24 de diciembre de 1999. Expediente de prueba, trámite ante la Comisión, f. 4.847 y anexo C.3 al
escrito de solicitudes y argumentos, fs. 30.111 a 30.116.
57
Cfr. Acta de 1 de noviembre de 2000. Expediente de prueba, anexo C.4 al escrito de solicitudes y
argumentos, fs. 30.117 y 30.118.
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