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10.
La Corte se reserva la facultad, inherente a sus atribuciones y derivada, asimismo, del
artículo 65 de la Convención Americana, de supervisar la ejecución íntegra de la presente
Sentencia. El caso se dará por concluido una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento
a lo dispuesto en el presente fallo. Dentro del plazo de un año, contado a partir de la
notificación de esta Sentencia, el Estado deberá rendir a la Corte un informe sobre las medidas
adoptadas para darle cumplimiento.
El Juez García Ramírez hizo conocer a la Corte su Voto Razonado, el cual acompaña a la
presente Sentencia.
Redacta en español e inglés, haciendo fe el texto en español, en San José, Costa Rica, el 22 de
noviembre de 2007.
Sergio García Ramírez
Presidente
Cecilia Medina Quiroga
Manuel E. Ventura Robles
Leonardo A. Franco
Diego García-Sayán
Rhadys Abreu Blondet
Margarette May Macaulay
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Sergio García Ramírez