las medidas de reparación indicadas en el punto resolutivo segundo de la presente
Resolución.
5.
Disponer que los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el
punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente,
contados a partir de la recepción del informe.
6.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado
de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Miembros de la Aldea Chichupac y comunidades vecinas del Municipio
de Rabinal Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de septiembre de 2024. Resolución
adoptada en San José, Costa Rica.
Nancy Hernández López
Presidenta
Rodrigo Mudrovitsch
Humberto A. Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Ricardo C. Pérez Manrique
Verónica Gómez
Patricia Pérez Goldberg
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Nancy Hernández López
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
4