- 20 65. El 17 de febrero de 1995 los Estados del Ecuador y del Perú suscribieron la Declaración de Paz de Itamaraty en Brasil, donde acordaron la retirada de las tropas de ambos países e iniciaron las negociaciones de paz. El 28 de febrero de 1995, mediante la Declaración de Montevideo, ambos Estados reiteraron su compromiso con el “inmediato y efectivo cese del fuego”46. Finalmente, el 26 de octubre de 1998 los presidentes del Perú y del Ecuador dieron por terminado en forma global y definitiva el conflicto relativo a esta frontera entre ambos países 47, mediante el Acta o Acuerdo de Brasilia48. 66. Respecto de la situación de derechos humanos durante el conflicto, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de las Naciones Unidas reportó haber recibido información de tres casos de desapariciones en 1995 en el marco del procedimiento de “acción urgente”49. Estos casos involucraban la presunta detención de ciudadanos peruanos en Huaquillas, Loja y Otavalo en Ecuador. De acuerdo a la información remitida por el Estado en respuesta a las consultas del Grupo de Trabajo, dos de estas personas fueron detenidas por el Ministerio de Defensa Nacional bajo cargos de espionaje y posteriormente fueron “aclarados”, y la tercera persona habría salido del Ecuador, pero su caso seguía pendiente50. De acuerdo a la información que consta en el expediente esta última persona es el señor Jorge Vásquez Durand51. El Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias continuó solicitando y recibiendo información sobre el caso del señor Vásquez Durand por lo menos hasta el 2008, conforme al expediente remitido a este Tribunal52. Por su parte la Comisión Interamericana 46 Perú – Ecuador: En el camino de la paz y el desarrollo. Libro virtual. 2da. Edición. Volumen 1. Disponible en la Web del Congreso de la República del Perú: http://www4.congreso.gob.pe/comisiones/1999/exteriores/libro1/1volum/indice.htm, y nota de prensa del Ministerio de Defensa Nacional de Ecuador publicada por el Ministerio Público de la Defensa en enero de 2014, titulado “FF.AA. Conmemoran XIX Aniversario de la Gesta Heroica del Cenepa”. Disponible en: http://www.defensa.gob.ec/ff-aaconmemoraron-xix-aniversario-de-la-gesta-heroica-del-cenepa/. 47 Cfr. Nota de prensa de El País “Los presidentes de Perú y Ecuador firman la paz en Brasilia y delimitan su frontera”. Disponible en: http://elpais.com/diario/1998/10/27/internacional/909442811_850215.html. 48 Cfr. Acta Presidencial de Brasilia, en “Perú – Ecuador: En el camino de la paz y el desarrollo”. Libro virtual. 2da. Edición. Volumen 2, páginas 5 y 6 Disponible en: http://www4.congreso.gob.pe/comisiones/1999/exteriores/libro1/2avolum/indice.htm. 49 Cfr. ONU. Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias al Consejo Económico y Social. E/CN.4/1996/38, 15 de enero de 1996, párrs. 160 a 165. Disponible en: https://documents-ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G96/102/18/PDF/G9610218.pdf?OpenElement. 50 Cfr. ONU. Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias al Consejo Económico y Social. E/CN.4/1996/38, 15 de enero de 1996, párr. 165. Disponible en: https://documents-ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G96/102/18/PDF/G9610218.pdf?OpenElement. 51 Cfr. Comunicación de 23 de junio de 1995 del Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas dirigida al Representante Permanente de Ecuador ante la Oficina de Naciones Unidas en Ginebra, mediante la cual se informa al Estado que “la información proporcionada respecto al caso del señor Jorge Vásquez Durand […] no fue considerada por el Grupo de Trabajo suficiente para iniciar los trámites de aclaración de dicho caso[, mientras que] sobre la base de la información proporcionada por los denunciantes, el Grupo de Trabajo decidió considerar aclarados [otros] dos casos” (expediente de prueba, folio 2289). La aclaración de un caso ante el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas implica haber recibido una respuesta del gobierno con información detallada sobre la suerte y el paradero de la persona desaparecida. El Grupo de Trabajo mantiene los casos en sus archivos hasta que se determina el paradero exacto de las personas desaparecidas. Véase también, inter alia, oficio de 18 de junio de 1996 del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre casos pendientes ante el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas que incluye a Jorge Vásquez Durand (expediente de prueba, folio 2286), y nota de 23 de abril de 2008 suscrita por el Director General de Derechos Humanos y Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y dirigida al Ministro Fiscal del Ecuador solicitando información sobre los casos ante el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas (expediente de prueba, folio 2288). 52 Véase, inter alia, oficio de 18 de junio de 1996 del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre casos pendientes ante el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas que incluye a Jorge Vásquez Durand (expediente de prueba, folio 2286), y oficio de 14 de julio de 2006 suscrito por la Revisadora de Antecedentes Personales del Archivo Central de la Policía Nacional y dirigido al Jefe del Archivo Central Policial (expediente de prueba, folio 2290);

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