- 29 conservó el mismo número de indagación previa112. Dentro de dicha indagatoria se realizaron varias diligencias, entre las cuales estaba la solicitud del movimiento migratorio de Jorge Vásquez Durand y otros ciudadanos durante 1995. El 17 de febrero de 2011 el Subteniente de la Policía Nacional habría respondido a dicha solicitud adjuntando el movimiento migratorio del señor Vásquez Durand, en el cual se registraba su última salida del Ecuador a Perú el 30 de enero de 1995113. 89. Posteriormente, se habría solicitado al Director Provincial de Turismo de Imbabura, que certificara la existencia del “Hotel La Posada”, en donde se habría hospedado el señor Vásquez Durand en la ciudad de Otavalo, antes de su presunta desaparición (supra párr. 68)114. De acuerdo a la respectiva certificación “no existe ningún establecimiento denominado ‘Hotel La Posada’, señalando que solo consta un establecimiento con la denominación ‘La Posada del Quinde’”115. Sin perjuicio de lo anterior, en un informe elaborado por la Fiscalía en 2016, sobre el expediente de la investigación por la desaparición forzada del señor Vásquez Durand, se indica que en febrero de 2011 se dirigió un oficio al “Hotel La Posada”, cuyo gerente respondió a finales de dicho mes, sin que conste en la información aportada a este Tribunal el contenido de dichas comunicaciones116. Además, en el marco de dicha investigación se habría solicitado “la nómina del personal policial que se encontraba de guardia en la Oficina de Migración del Cantón Huaquillas, el día 30 de enero de 1995, fecha en la cual se registra la última salida del ciudadano de nacionalidad peruana Jorge Vásquez Durand, sobre el cual no [habrían recibido] contestación alguna”117. 90. Asimismo, en distintas oportunidades entre junio de 2014 y mayo de 2016 Ecuador solicitó asistencia penal internacional a la República del Perú, sin que haya sido aportada información a la Corte sobre el contenido o resultado de dichas solicitudes118. 91. Actualmente, el caso del señor Vásquez Durand continúa a cargo de la Fiscalía Provincial de Machala (supra párr. 88), con asesoría directa de la Dirección de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos119. 112 Cfr. Oficio del Director de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación de 23 de noviembre de 2016 (expediente de prueba, folio 2187). 113 Cfr. Oficio de un Subteniente de la Policía de 17 de febrero de 2011, suscrito por, citado en el Oficio del Director Nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría General del Estado del Ecuador dirigido a la Comisión Interamericana de 25 de agosto de 2014 (expediente de prueba, folio 1330). Véase también, memorando sobre el expediente ante la Fiscalía sobre el caso del señor Vásquez Durand (expediente de prueba, folio 1736). 114 Cfr. Oficio del Director Provincial de Turismo de Imbabura de 27 de octubre de 2011, citado en el Oficio del Director Nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría General del Estado del Ecuador dirigido a la Comisión Interamericana de 25 de agosto de 2014 (expediente de prueba, folio 1330). 115 Oficio del Director Provincial de Turismo de Imbabura de 27 de octubre de 2011, citado en el Oficio del Director Nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría General del Estado del Ecuador dirigido a la Comisión Interamericana de 25 de agosto de 2014 (expediente de prueba, folios 1329 a 1331) 116 Cfr. Memorando sobre el expediente ante la Fiscalía sobre el caso del señor Vásquez Durand (expediente de prueba, folio 1736). 117 Oficio del Director Nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría General del Estado del Ecuador dirigido a la Comisión Interamericana de 25 de agosto de 2014 (expediente de prueba, folio 1330). 118 Cfr. Memorando sobre el expediente ante la Fiscalía sobre el caso del señor Vásquez Durand (expediente de prueba, folios 1737 y 1738). 119 Una vez creada la Dirección de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía General no se abrió una nueva indagación, sino que se entregó el expediente remitido por la Comisión de la Verdad al Fiscal a cargo de la investigación en la ciudad de Machala, con quien “se han realizado reuniones de trabajo en virtud del mandato que tiene la [referida Dirección] de ‘Coordinar, apoyar e investigar los casos de violaciones a los Derechos Humanos en el territorio nacional, orientando al Estado y a la sociedad a enfrentarse críticamente con su pasado, con el fin de superar las crisis o traumas que les hayan producido y evitar que tales hechos se repitan en el futuro’”. Oficio del Director de la Comisión de

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