-6- iv) v) y/o por familia, y 3) el criterio utilizado por el Estado para determinar el tipo de alimento a entregar, la cantidad a entregar y la periodicidad de cada entrega; respecto al manejo efectivo y salubre de los desechos biológicos, el Estado deb[ía] especificar el tipo de servicio sanitario a entregar y la cantidad del mismo, y respecto a los materiales bilingües a entregar a la escuela de la Comunidad, el Estado deb[ía] especificar el tipo de material y la cantidad del mismo por alumno. 23. Que la información aportada por el Estado en este punto no se ha ceñido totalmente a los términos expuestos en la Resolución de 2 de febrero de 2007. 24. Que el Estado informó, inter alia, que ha brindado atención médica, odontológica, planificación familiar, control prenatal y vacunación a los miembros de la Comunidad; construyó 16 letrinas sanitarias e instaló 2 tanques de fibra de vidrio en el asiento Santa Elisa y 9 letrinas y 1 tanque en el asiento Km16, los cuales son abastecidos “en forma periódica” con agua potable; realizó charlas educativas y comunitarias; capacitó a promotores voluntarios de salud; proveyó alimentos mensualmente a la Comunidad; entregó materiales bilingües, y realizó un “curso de capacitación […] con los docentes de las escuelas indígenas para el mejor uso de los materiales educativos bilingües”. 25. Que los representantes indicaron que la entrega de agua ha sido “esporádica e inadecuada”. La Comunidad “tiene que recurrir a fuentes de agua inseguras, arriesgándose su salud personal”. Que mensualmente se suministra agua a la aldea Km16 que dura menos de siete días, y lo entregado a la aldea Santa Elisa dura tres días. “La calidad en la atención médica ha sido deficiente, consistiendo de visitas apuradas e infrecuentes y en por lo menos una oportunidad se ha entregado medicamentos que posiblemente estuvieron vencidos”. Que el “31,6% y el 21,1% de los niños y niñas de 2 a 18 años de edad presentan prevalencia de atrofia de crecimiento leve y atrofia moderada a severa, respectivamente”. Que hay una falta de atención prenatal en la Comunidad y el Estado no reembolsa los costos del transporte de las mujeres embarazadas hasta los centros asistenciales. Las entregas de alimentos han sido irregulares, y que los mismos son “de muy baja calidad nutricional”. “La cantidad de calorías de los paquetes que entrega el Estado, basado en un consumo calórico mínimo de 2000, son suficientes para abastecer a la familia promedia de la Comunidad de cuatro personas por solamente 21 días”. Que los materiales para la construcción de letrinas sanitarias “ya fueron adquiridos y acercados hasta el asentamiento comunitario”, sin embargo “[l]a construcción de las letrinas se encuentra pendiente”. Que el estado de las escuelas de los asientos de la Comunidad es “sumamente precario”, y los niños “no reciben material educativo en [su] lengua materna”. 26. Que los representantes informaron que trece personas han muerto en la Comunidad Sawhoyamaxa “[c]omo resultado de la falta de acción del Estado y su mala atención respecto a la asistencia requerida en la Sentencia”7. 27. Que la Comisión afirmó que “el cumplimiento insuficiente e inadecuado de ciertas obligaciones que el Estado adquirió con la Sentencia de la Corte Interamericana está no solo poniendo en riego la vida de los miembros de la Comunidad sino que los está matando”. Además, indicó que “mientras el Estado no cumpla en forma íntegra y adecuada la Sentencia, cada día la vida de los miembros 7 Las personas que habrían fallecido entre los años 2005 y 2008, y sus respectivas edades al fallecer, son las siguientes: Frolian Gimenez Aponte, Arnaldo Manuel Ramírez (1 mes), Fátima Carolina Ramírez (1 mes), Rafael Martínez (48 años), Aurelia Galeano Montanía (1 año), Eulalio Enrique Yegros (4 meses), Rodrigo Marcial Yegros (2 años), N.N (recién nacido), Wilma Yegros (1 año), María Clara Galeano (15 días), Eugenio Florentín Fernández, Lidia Mabel González (3 años).

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