76. El 30 de marzo de 2004 el señor González solicitó la reapertura de la investigación e indicó que una de las personas responsables de los hechos de septiembre de 2001 era R.M. El 28 de julio de 2004 se dictó una orden de detención en contra del señor R.M84. 77. En su declaración ante la Corte, Belkis González afirmó que el 21 de diciembre de 2004 Olimpiades González fue atacado con un arma de fuego “por las [M.F.]”85. 78. La Comisión y los representantes señalaron que el 11 de diciembre de 2006, aproximadamente a las 17:00 hs., Olimpiades González, luego de haber estado en oficinas del Ministerio Público realizando diversas diligencias, se encontraba en un transporte público de regreso a su casa. Al bajarse del vehículo, el señor González ingresó a un restaurante para pedir comida y una persona de nombre H.F. ingresó a dicho restaurante y le propinó tres disparos por la espalda. El señor González fue llevado al Hospital Universitario, donde falleció86. 79. El mismo día la Fiscalía Décima Séptima a Nivel Nacional con Competencia Plena y Undécima de la Circunscripción Judicial del estado de Zulia inició una investigación por la muerte del señor González. Durante diciembre de 2006 y enero de 2007 se realizaron diversas diligencias de investigación87. 80. El 16 de marzo de 2007 la Fiscalía ordenó la realización de distintas actuaciones para el esclarecimiento de los hechos, tales como: i) recabar el protocolo de autopsia del occiso; ii) ordenar y recabar el reconocimiento médico legal; iii) practicar la experticia balística; iv) recabar copias certificadas de las historias médicas; v) recabar plomos extraídos del cadáver; y vi) realizar entrevistas a testigos88. María Angélica González señaló que ella y sus familiares “asistieron al [M]inisterio [P]úblico a rendir [sus] declaraciones” y que luego “no supi[eron[ más nada del caso” 89. Arianny Yosibel González declaró en el mismo sentido, expresando que “nunca obtuvi[eron] las 84 Cfr. Comunicación del Estado de 17 de febrero de 2015. 85 Cfr. declaración escrita de Belkis Mirelis González ante la Corte. En su declaración, aludiendo a ese y otros hechos, expresó que los mismos “[eran] algunos expedientes por los que diligenciaba [su] hermano”. Arianny Yosibel González describió lo hechos en forma acorde a lo señalado. Explicó que el restaurante referido estaba solo a unas cuadras de la residencia de ella. Señaló que la policía intervino luego de producidos los disparos y pretendió impedirle que se llevara a su hermano para asistirlo, aduciendo que debía aguardar la llegada de una ambulancia, a lo que ella hizo caso omiso. Manifestó que Olimpiades Gonzalez murió cuando le estaban realizando una intervención quirúrgica. (Cfr., declaración escrita de Arianny Yosibel González González.) También Dan William Barliza González, en su declaración oral ante la Corte, como también ante la Comisión (comunicación de Dan William Barliza González de 25 de marzo de 2011 (expediente de prueba, anexo 17 al Informe de Fondo, fs. 353 a 355)), describió estos hechos en forma concordante a lo expresado. En la primera declaración referida, Dan William Bariliza González señaló que Maria Angélica González y Arianny Yosibel González presenciaron lo sucedido. 86 Cfr. Informe de la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela, Dirección de Derechos Fundamentales, de 29 de febrero de 2012 (expediente de prueba, anexo 19 al Informe de Fondo, fs. 357 a 364). 87 Cfr. Informe de la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela, Dirección de Derechos Fundamentales, de 29 de febrero de 2012. 88 Agregó que sus familiares y ella “[d]esisti[eron] totalmente de las diligencias por temor a que [les] ocurra lo mismo que a [su] hermano” (declaración escrita de María Angélica González ante la Corte, expediente de prueba, fs. 2735 a 2740). 89 22

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