2010”95. Así, el 29 de mayo de 2006 el MINEM aprobó en parte la solicitud de prórroga
excepcional del PAMA, y estableció como plazo de culminación el mes de octubre de
2009. La Resolución señaló que la empresa debía cumplir con el proyecto “Plantas de
Ácido Sulfúrico” y las medidas especiales y complementarias aprobadas96.
72.
En junio de 2009, meses antes de que venciera el plazo para el cumplimiento de
las obligaciones asumidas en el PAMA por Doe Run, la empresa paralizó totalmente sus
operaciones debido a problemas financieros, y se sometió a un proceso de
reestructuración de pasivos97. En virtud de ello solicitó una nueva prórroga del PAMA
para la realización del proyecto “Planta de Ácido Sulfúrico” y “Modificación del Circuito
de Cobre” por un periodo de treinta meses adicionales98. Dicha paralización dio lugar a
que diversos trabajadores solicitaran a la Defensoría del Pueblo que “intercediera” para
lograr “mayor celeridad en flexibilización razonable del PAMA para [alcanzar una]
solución integral y sostenible que garantice respeto a los derechos de los trabajadores
de Doe Run […] y de la población oroína”99. También llevaron a cabo una huelga de
noventa y tres días100, bloqueando la carretera central, cuyo desalojo produjo cuatro
heridos y diez trabajadores detenidos101.
73.
En ese contexto se otorgó la segunda prórroga del PAMA el 26 de septiembre de
2009, y se determinó la ampliación del plazo para el financiamiento y la culminación de
los proyectos por medio de la Ley No. 29410102. Esa ley otorgó un plazo máximo
improrrogable de diez meses para el financiamiento de los proyectos, y un plazo máximo
improrrogable de veinte meses para su construcción y puesta en marcha. Asimismo,
estableció que Doe Run se encontraba obligada a presentar las garantías que
respaldaran el cumplimiento íntegro de sus obligaciones respecto del PAMA103.
B.3. Actividades mineras en el CMLO desde el 2009 al 2023
95
Cfr. Doe Run Perú, Solicitud de prórroga excepcional de plazo de cumplimiento para el proyecto de plantas
de ácido sulfúrico, de diciembre de 2005 (expediente de prueba, folios 19956 y 20038).
Cfr. Ministerio de Energía y Minas, Resolución Ministerial No. 257-2006 de 29 de mayo de 2006 (expediente
de prueba, folios .179 a .186).
96
Cfr. Diario El Comercio. “Doe Run Perú: cronología de la minera que paraliza al 100% sus operaciones
tras 11 años en crisis”, 20 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folio 20095).
97
Cfr. Ministerio de Energía y Minas, Informe No. 771-2009-MEM-DGM/DNM de 17 de julio de 2009
(expediente de prueba, folio .190).
98
Cfr. Comité de la Defensa de la Oroya, Oficio N° 048-CDLO/2009 de 10 de agosto de 2009, dirigido al
presidente del Congreso de la República (expediente de prueba, folio 20887).
99
100
Cfr. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), Ayuda Memoria “Periodo de paralizaciones
del CMLO”, 28 de enero de 2016 (expediente de prueba, folio .211).
Cfr. Diario El Comercio. “Doe Run Perú: cronología de la minera que paraliza al 100% sus operaciones
tras 11 años en crisis”, 20 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folio 20095).
101
Cfr. Ley Nº 29410, “Ley que prorroga el plazo para el financiamiento y la culminación del proyecto planta
de ácido sulfúrico y modificación del circuito de cobre del complejo metalúrgico de La Oroya” de 26 de
septiembre de 2009 (expediente de prueba, folio 20090).
102
Cfr. Ley Nº 29410, “Ley que prorroga el plazo para el financiamiento y la culminación del proyecto planta
de ácido sulfúrico y modificación del circuito de cobre del complejo metalúrgico de La Oroya” de 26 de
septiembre de 2009 (expediente de prueba, folio 20090).
103
30