Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso Raxcacó Reyes Vs. Guatemala
Sentencia de 15 de septiembre de 2005
(Fondo, Reparaciones y Costas)
En el caso Raxcacó Reyes,
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte", "la Corte
Interamericana" o "el Tribunal"), integrada por los siguientes jueces:
Sergio García Ramírez, Presidente;
Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente;
Oliver Jackman, Juez;
Antônio A. Cançado Trindade, Juez;
Manuel E. Ventura Robles, Juez, y
Alejandro Sánchez Garrido, Juez ad hoc;
presentes, además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y
Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta;
de conformidad con los artículos 29, 31, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en
adelante "el Reglamento") y con el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”),
dicta la siguiente Sentencia.
I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA
1.
El 18 de septiembre de 2004 la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante "la Comisión" o "la Comisión Interamericana") sometió a la
Corte una demanda contra el Estado de Guatemala (en adelante "el Estado" o
"Guatemala"), la cual se originó en la denuncia No. 12.402, recibida por la Secretaría
de la Comisión el 28 de enero de 2002.
2.
La Comisión presentó la demanda, a fin de que la Corte decidiera si el Estado
incumplió sus obligaciones internacionales e incurrió en violación de los artículos 4
(Derecho a la Vida), 5 (Derecho a la Integridad Personal), 8 (Garantías Judiciales) y
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