Jeannette Kawas Fernández”; y por otro, “contradice la supuesta violación” del artículo
4 (Derecho a la Vida) de la Convención, “en perjuicio de Blanca Jeannette Kawas
Fernández”; del artículo 16 (Libertad de Asociación) de la Convención, “en perjuicio de
Blanca Jeannette Kawas Fernández”; y del artículo 5 (Derecho a la Integridad
Personal) de la Convención, “en perjuicio de los familiares de la [presunta] víctima”;
todos en relación con el artículo 1.1 (Obligación de Respetar los Derechos) de la
Convención.
8.
Asimismo, el Estado rechazó “el argumento manifestado por la Comisión […],
en cuanto a que [este] caso refleja la situación de los defensores del medio ambiente y
los recursos naturales en Honduras, así como los ataques en contra de tales personas,
y los obstáculos en la investigación de los actos de hostigamiento y persecución contra
los mismos”. De igual manera, rechazó “los argumentos esgrimidos por los
representantes, en cuanto [a] que la impunidad del caso Kawas permitió la generación
de un contexto de violencia contra los ambientalistas, sin que el Estado asuma
eficazmente medidas de prevención e investigación con el agravante de la falta de
oficiosidad de los operadores de justicia, favoreciendo un clima de impunidad”. El
Estado designó al señor Ángel David Reyes Paz, Sub-Procurador de la República, como
Agente y, como Agente Alterno al Embajador Roberto Ramos Bustos, Director General
de Asuntos Especiales de la Secretaría de Estado.
II
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
9.
La demanda de la Comisión fue notificada tanto al Estado como a los
representantes el 7 de marzo de 2008. Durante el proceso ante este Tribunal, además
de la presentación de los escritos principales remitidos por las partes (supra párrs. 1 a
8), la Presidenta de la Corte (en adelante “la Presidenta”) ordenó recibir, a través de
declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit), declaraciones de siete testigos
y dos peritos ofrecidas oportunamente por la Comisión, por los representantes y por el
Estado, y respecto de las cuales las partes tuvieron oportunidad de presentar
observaciones3. Además, la Presidenta convocó a la Comisión, a los representantes y al
Estado a una audiencia pública para escuchar las declaraciones de dos testigos y una
perito, así como los alegatos finales orales de las partes sobre el fondo y las
eventuales reparaciones y costas.
10.
La audiencia pública fue celebrada el 2 de diciembre de 2008 durante el XXXVII
Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la ciudad de México,
Estados Unidos Mexicanos4. Al final de dicha audiencia los jueces solicitaron al Estado y
a los representantes la presentación de información complementaria, junto con sus
alegatos finales escritos.
3
Cfr. Resolución de la Presidenta de la Corte de 7 de octubre de 2008.
4
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Juan Pablo Albán, Isabel
Madariaga y Lilly Ching; b) por los representantes de las presuntas víctimas: Viviana Krsticevic, Soraya
Long, Gisela de León, Marcia Aguiluz, Vanessa Coria, Blanca Araceli y Lucy Mendoza Díaz; y c) por el Estado:
Ángel David Reyes (Agente), Roberto Ramos Bustos (Agente Alterno), Rosalinda Bueno Fura (Embajadora de
Honduras en México), Hugo Alberto Suazo, María Luisa Ramos Matute, Mariela Castañeda, Fernando Griffin,
Carolina Pineda y Germán Silvestrucci Santos, todos ellos abogados.
4