[su] padre”214. A su vez, declaró que estimaba el monto de estos gastos en “seis mil
dólares en total, por concepto de alimentación, combustible, alojamiento y
movilización, tanto de los diferentes equipos de investigación que llegaron a investigar
el caso, como de las distintas personas que ofrecían información sobre el caso […]”215.
Respecto a la posible erogación de ciertos montos con relación a este punto (supra
párr. 113), consta en el expediente que en noviembre de 2003 el Coordinador del
Ministerio Público envió una nota al Juez de la causa, en donde afirmó que “[l]os
agentes iniciaron su trabajo [el 29 de octubre de 2003] en horas de la tarde, no sin
antes hacer la advertencia que la Fiscalía tenía que coordinar su estadía en esta ciudad
porque no tenían viáticos asignados, [y] por tal motivo se contactó al señor Jacobo
Kawas [...] quien les proporcionó un apartamento y L. 1,000.00 para que pudieran
trabajar”216. El Tribunal considera que, efectivamente, la familia de Blanca Jeannette
Kawas Fernández incurrió en determinados gastos por este concepto, los cuales fueron
erogados directamente por el señor Jacobo Kawas Fernández.
170. Por otra parte, consta en el expediente que el señor Jacobo Kawas Cury, padre
de la señora Blanca Jeannette Kawas Fernández, así como los hermanos de ésta,
erogaron ciertos gastos con motivo de su funeral217.
171. Tomando en cuenta lo anterior, el Tribunal fija en equidad las siguientes
cantidades por los rubros que se mencionan a continuación: US $600.00 (seiscientos
dólares de los Estados Unidos de América) a favor de Blanca Fernández por concepto
de traslado al funeral de su hija, y US $600.00 (seiscientos dólares de los Estados
Unidos de América) a favor de Carmen Marilena Kawas Fernández, por el mismo
concepto.
172. Asimismo, se fija en equidad la cantidad de US $800.00 (ochocientos dólares de
los Estados Unidos de América) por concepto de gastos de traslado al funeral de la
señora Blanca Jeannette Kawas Fernández de sus hijos Selsa Damaris y Jaime
Alejandro, y de US $300.00 (trescientos dólares de los Estados Unidos de América) por
concepto de gastos del funeral de la señora Blanca Jeannette Kawas Fernández, las
cuales deberán ser entregadas al señor Jacobo Kawas Fernández, quien deberá,
asimismo, otorgar las cantidades correspondientes a los familiares señalados en la
presente Sentencia que hubieren cubierto dichos gastos. Conforme a la jurisprudencia
de este Tribunal218, la cantidad correspondiente al señor Jacobo Kawas Cury, ya
214
Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Jorge Jesús Kawas Fernández
el 30 de octubre de 2008, supra nota 168.
215
Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Jorge Jesús Kawas Fernández
el 30 de octubre de 2008, supra nota 168.
216
Cfr. oficio de 5 de noviembre de 2003 suscrito por el Licenciado Luis Javier Santos Cruz,
Coordinador del Ministerio Público de la Ciudad de Tela, supra nota 137.
217
Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por la señora Selsa Damaris Watt Kawas el
28 de octubre de 2008, supra nota 171; declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor
Jorge Jesús Kawas Fernández el 30 de octubre de 2008 supra nota 168; declaración rendida ante fedatario
público (affidávit) por el señor Jaime Alejandro Watt Kawas el 4 de noviembre de 2008, supra nota 166,
declaración de Jacobo Kawas Fernández rendida ante la Corte Interamericana, supra nota 25.
218
Cfr. Caso Myrna Mack Chang. Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 8, párr. 294; Caso Ticona
Estrada y otros. Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 8, párr. 182; y Caso Valle Jaramillo y otros.
Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 10, párr. 245.
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