de Finanzas y actualmente es el Presidente Constitucional de la República, quien ha tenido a su cargo el Presupuesto General del Estado […]; administración que le ha sido confiada por el pueblo soberano del Ecuador dada su intachable conducta, hoja de vida y actividades en el concierto público y privado, a más de ser profesor, conferencista destacado en foros mundiales, etc. A una persona de las características del querellante ser injuriado en la forma que consta en el artículo “No a las mentiras” referido que ha tenido difusión nacional y mundial, que lo calumnia respecto a hechos del 30 de septiembre de 2010, que han merecido rechazo local y mundialmente, sí le produce graves daños y perjuicios, tanto daño emergente, porque menoscaba la confianza que las personas tienen en él, y un lucro cesante, que guarda relación a la proyección futura que un estadista tiene en su actividades, tanto públicas como privadas (…) por lo cual la pretensión de los daños y perjuicios demandados en la querella, en ningún momento tienen la intensión [sic] de enriquecimiento, sino de una justa valoración del daño emergente y lucro cesante ocasionados en su honor y buena fama92. D.2. Recursos de nulidad y apelación 65. Las presuntas víctimas y los representantes de El Universo presentaron un recurso de nulidad y apelación contra la sentencia 93, y el entonces Presidente presentó un recurso de apelación contra la sentencia, del que luego se desistió 94. La Segunda Sala en lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Guayas (en adelante “la Corte Provincial”) conoció de los recursos presentados95. 66. El 16 de agosto de 2011 se determinó que el 25 de agosto de 2011 sería la fecha para la realización de la audiencia pública donde debían fundamentarse los recursos de nulidad y apelación96. Sin embargo, dicha audiencia fue postergada97. La audiencia fue fijada para el 16 de septiembre de 2011, mediante una providencia dictada el 14 de septiembre de 2011, y notificada el 15 de septiembre de 2011. Al suspenderse la audiencia el día en que esta se inició, se fijó la fecha de 22 de septiembre para su Cfr. Sentencia de 20 de julio de 2011 del Juzgado Décimo Quinto de Garantías Penales de Guayas (expediente de prueba, folios 5075 a 5230). 92 Cfr. Recurso de nulidad y apelación presentado por los abogados de la Compañía Anónima El Universo el 22 de julio de 2011 (expediente de prueba, folios 5281 a 5282); Recurso de nulidad y apelación presentado por los abogados de Carlos Eduardo Pérez Barriga y Carlos Nicolás Lapentti el 22 de julio de 2011 (expediente de prueba, folios 5283 a 5297); Escrito de ampliación de recurso de nulidad y apelación presentado por los abogados de Carlos Eduardo Pérez Barriga, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Nicolás Pérez Lapentti el 26 de julio de 2011 (expediente de prueba, folios 5300 a 5325); Recurso de nulidad y apelación presentado por Emilio Palacio Urrutia el 26 de julio de 2011 (expediente de prueba, folios 5326 a 5349). 93 Cfr. Escrito de apelación presentado por los abogados de Rafael Correa Delgado ante la sentencia de 20 de julio de 2011 (expediente de prueba, folios 5233 a 5242). El entonces presidente solicitó que se aumentara la cuantía por indemnización a no menos de USD $50,000,000 (cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América). 94 Cfr. Providencia de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Distrito de Guayas de 9 de agosto de 2011 (expediente de prueba, folio 5351). 95 Cfr. Providencia de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Distrito de Guayasde 16 de agosto de 2011 (expediente de prueba, folio 5352). 96 Cfr. Providencia de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Distrito de Guayas de 22 de agosto de 2011 (expediente de prueba, folio 5353 a 5356). 97 26

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