D. Otorgar una beca a Nelly Valle Jaramillo y Carlos Fernando Jaramillo Correa D.1. Medida ordenada por la Corte y supervisión realizada en resoluciones anteriores 40. En el punto dispositivo décimo noveno y en los párrafos 227 y 231 de la Sentencia, se dispuso que “[e]l Estado debe otorgar a Nelly Valle Jaramillo y Carlos Fernando Jaramillo Correa, en el plazo de un año, contado a partir de la notificación del […] Fallo, una beca para realizar estudios o capacitarse en un oficio”. En la Sentencia de interpretación, la Corte se pronunció sobre determinados aspectos relacionados con “la naturaleza, modo y plazo vinculados al cumplimiento” de esta obligación63. 41. En la Resolución de febrero de 2011, la Corte valoró positivamente la disposición del Estado para lograr un acercamiento con los representantes encaminado a implementar esta reparación. Asimismo, el Tribunal consideró viable la homologación de un acuerdo pactado entre el Estado y los representantes para que las becas fueran otorgadas a un hijo de la señora Nelly Valle Jaramillo y un hijo del señor Carlos Fernando Jaramillo Correa, ya que esto “no desnaturaliza[ba] el espíritu reparador de la medida y contribuye a resarcir el daño al proyecto de vida y la alteración en las condiciones de existencia de las víctimas beneficiarios”. En ese sentido, la Corte quedó atenta a la presentación de un documento con los términos específicos del acuerdo para proceder a su consideración y eventual homologación”64. 42. En la Resolución de mayo de 2011, el Tribunal homologó el acuerdo alcanzado por el Estado y los representantes para “que la beca que se debe otorgar a la señora Nelly Valle Jaramillo sea otorgada a su hijo Luis Fernando Montoya”, para que éste cubra los gastos de “matrícula y manutención” de la maestría en derecho económico que estaba cursando en la Universidad Externado de Colombia. Teniendo en cuenta las circunstancias específicas por las cuales la señora Nelly Valle Jaramillo no estaba en condiciones de iniciar una formación académica; que el Estado posibilitó una medida de reparación alternativa basada en el consentimiento, consenso y buena fe, y la claridad de los términos del acuerdo alcanzado entre las partes en cuanto al “monto de la beca, el beneficiario de la misma y la modalidad de pago”, el Tribunal decidió que continuaría supervisando este punto de la Sentencia en los términos del acuerdo, en lo que se refiere a la señora Nelly Valle Jaramillo y solicitó que se presentara información para evaluar su eventual cumplimiento. Además, la Corte resaltó que la reparación ordenada en la Sentencia “también es para Carlos Fernando Jaramillo Correa” 65. D.2. Consideraciones de la Corte 43. De acuerdo con la Sentencia y con lo resuelto en la supervisión de su cumplimiento (supra Considerandos 40 y 42), la Corte debe supervisar el otorgamiento de: i) una beca al señor Luis Fernando Montoya, hijo de la señora Nelly Valle Jaramillo, en los términos del acuerdo alcanzado por el Estado y los representantes, y ii) una beca al señor Carlos Fernando Jaramillo Correa para realizar estudios o capacitarse en un oficio. 44. En cuanto al deber de otorgar una beca al hijo de la señora Nelly Valle Jaramillo (supra Considerandos 42 y 43.i), en los años 2011 y 2012 el Estado y los representantes informaron sobre los trámites administrativos y los desembolsos realizados por concepto de esta beca 66, Cfr. Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia, supra nota 6, párrs. 33 a 40. Cfr. Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia, supra nota 7, Considerandos 34 a 37. 65 Cfr. Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia, supra nota 8, Considerandos 6 a 11. 66 El Estado señaló que “[u]na vez fue notificada al Estado la Resolución de 15 de mayo de 2011 […] se procedió a solicitar al Ministerio de Hacienda la asignación de los recursos económicos al Ministerio de Educación con el fin de que se suscribiera un convenio inter administrativo con el Instituto Colombiano de Crédito y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX, para la constitución de un Fondo de Administración mediante el cual se garantice el cubrimiento de los gastos de la beca otorgada al señor Luis Fernando Montoya”. Los representantes indicaron que “el 24 de junio [de 63 64 - 14 -

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