87. El 18 de agosto de 2008 la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de la
Pena para casos de Terrorismo y Traición a la Patria- Comisión Ley No 27234 decidió remitir,
por cuestión de competencia, la solicitud de indulto a la Comisión de Indulto y Derecho de
Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena para su evaluación 141. El 26 de
noviembre de 2008 aquella misma Comisión acordó enviar nuevamente “ambos expedientes”
del señor Pollo Rivera a esta segunda Comisión, por cuestión de competencia142.
88. Finalmente, el expediente fue calificado por la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia
por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena como “no recomendado”143. No se tiene
constancia de que se notificara tal decisión al señor Pollo Rivera.
E.2
Segunda solicitud
89. Una segunda solicitud fue recibida el 1 de septiembre de 2008 por la Secretaría Técnica de
la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la
Pena, organizándose el Expediente N° 00395-2008. El 16 de marzo de 2010 se evaluó dicho
expediente como "no recomendado"144. No se tiene constancia de que se notificara tal decisión.
E.3
Tercera solicitud
90. Una tercera solicitud fue recibida el 2 de noviembre de 2011 por la Comisión de Gracias
Presidenciales145. Sin embargo, antes de completarse el expediente, el señor Pollo Rivera falleció
el 12 de febrero de 2012, ante lo cual el expediente fue archivado 146.
F.
Investigación de actos de violencia cometidos contra el señor Pollo Rivera
durante su primera detención
91. A pesar de que el Estado tuvo conocimiento de los actos de violencia cometidos en su
contra (supra párr. 50), no fue sino a partir de enero de 2014 que el Fiscal Superior Coordinador
de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales emitió un oficio para
iniciar una investigación por esos hechos relacionados con este caso, a la que se asignó el N°
01-2015. El 20 de enero de 2015 se dispuso abrir investigación preliminar. El 16 de abril 2015
la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial147 emitió una resolución mediante la cual dispuso abrir
investigación preliminar en contra de los que resulten responsables y en agravio del señor Pollo
Rivera por la presunta comisión de los siguientes delitos “Violación de la Libertad Personal” por
su presunta detención ilegal y arbitraria; “Violación de Domicilio”; y “Delito Contra la
Humanidad- Tortura”. Se han realizado una serie de diligencias, programadas en dicha
141
Cfr. Acta de sesión del 18 de agosto de 2008 de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de la Pena para casos
de Terrorismo y Traición a la Patria- Comisión Ley No 27234 (expediente de prueba, ff. 6444-6445).
142
Cfr. Acta de la sesión del 26 de noviembre de 2008 de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de la Pena para
casos de Terrorismo y Traición a la Patria- Comisión Ley No 27234 (expediente de prueba, ff. 6447-6450).
143
6422).
144
6454).
145
6456).
146
Cfr. Informe de Secretaria Técnica para Concesión de Indulto Humanitario del 28 de junio de 2006 (expediente de prueba, f.
Cfr. Informe de Secretaría Técnica para Concesión de Indulto Humanitario de 16 de marzo de 2010 (expediente de prueba, f.
Cfr. Informe de Secretaría Técnica para Concesión de Indulto Humanitario de 2 de agosto de 2013 (expediente de prueba, f.
Cfr. Archivo de la Comisión de Gracias Presidenciales de 2 de agosto de 2013 (expediente de prueba, f. 6458).
147
Cfr. Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial. Informe N° 02-2015-3FPS-MP-FN. 16 de abril de 2015 (expediente de prueba, ff.
6462-6464).
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