de un tipo disciplinario abierto no constituye per se una violación al derecho al debido proceso, sino que los problemas de indeterminación de un tipo disciplinario deben ser examinados a la luz de la motivación del juzgador al momento de su aplicación. 85. Por último, sobre la protección otorgada por el artículo 23.1.c de la Convención, sostuvo que no se refiere al derecho a acceder a un cargo público, sino a hacerlo en “condiciones generales de igualdad”. Así, el respeto y garantía de este derecho se materializa cuando los criterios y procedimientos para el nombramiento, ascenso, suspensión y destitución son razonables y objetivos, de modo que, en la medida en que la investigación y posterior sanción al señor Cajahuanca Vásquez se produjo bajo el trámite regular del procedimiento al que cualquier otro magistrado habría sido sometido, no se configuró la violación del citado derecho. Además, sostuvo que el señor Cajahuanca Vásquez no fue destituido arbitrariamente, sino que su destitución respondió́ a criterios razonables y objetivos. En esa medida enfatizó que las garantías de inamovilidad en el cargo tienen lugar salvo que se trate de conductas claramente reprochables, como faltas disciplinarias graves debidamente comprobadas en un proceso disciplinario objetivo e imparcial. B. Consideraciones de la Corte 86. A continuación, la Corte analizará la alegada violación (1) a las garantías independencia judicial y estabilidad e inamovilidad en el cargo; (2) del principio legalidad en materia disciplinaria y el deber de motivación, y (3) del principio aplicación de la ley sancionatoria más favorable. Posteriormente, (4) expondrá conclusiones correspondientes. de de de las B.1 Las garantías de independencia judicial y estabilidad e inamovilidad en el cargo 87. Esta Corte ha tenido oportunidad de pronunciarse en distintas oportunidades sobre la relevancia de la independencia judicial en un Estado de derecho73. En su jurisprudencia 73 Cfr. Inter alia, Caso del Tribunal Constitucional Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de enero de 2001. Serie C No. 71, párrs. 73 a 75; Caso Palamara Iribarne Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2005. Serie C No. 135, párrs. 145 y 156; Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”) Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C No. 182, párrs. 43 a 45, 84 y 138; Caso Reverón Trujillo Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de junio de 2009. Serie C No. 197, párrs. 67, 68, 70 a 81; Caso Chocrón Chocrón Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de julio de 2011. Serie C No. 227, párrs. 97 a 100; Caso Atala Riffo y niñas Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de febrero de 2012. Serie C No. 239, párr. 186; Caso de la Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello y otros) Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de agosto de 2013. Serie C No. 266, párrs. 144 a 154; Caso del Tribunal Constitucional (Camba Campos y otros) Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto de 2013. Serie C No. 268, párrs. 188 a 198; Caso López Lone y otros Vs. Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de octubre de 2015. Serie C No. 302, párrs. 190 a 199; Caso Valencia Hinojosa y otra Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de noviembre de 2016. Serie C No. 327, párr. 105; Caso Acosta y otros Vs. Nicaragua. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de marzo de 2017. Serie C No. 334, párr. 171; Caso San Miguel Sosa y otras Vs. Venezuela. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 8 de febrero de 2018. Serie C No. 348, párr. 207; Caso Colindres Schonenberg Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de febrero de 2019. Serie C No. 373, párrs. 68 y 69; Caso Villaseñor Velarde y otros Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de febrero de 2019. Serie C No. 374, párrs. 75, 83 y 84; Caso Rico Vs. Argentina. Excepción Preliminar y Fondo. Sentencia de 2 de septiembre de 2019. Serie C No. 383, párrs. 54, 55 y 56; Caso Urrutia Laubreaux Vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de agosto de 2020. Serie C No. 409, párrs. 104 a 110; Caso Cordero Bernal Vs. Perú, supra, párrs. 71 y 72; Caso Ríos Avalos y otro Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 19 de agosto de 2021. Serie C No. 429, párr. 85, y Caso Aguinaga 25

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