46. Ante dicha Resolución, el 24 de marzo de 2004, el señor Romero Feris interpuso recurso
de apelación54. El 12 de abril de 2004, la Jueza de Instrucción rechazó la oposición a la
solicitud de elevación a juicio esgrimida por el señor Romero Feris y ordenó la elevación de la
causa a juicio a la Cámara en lo Criminal N°255.
47. El 16 de abril de 2004, el señor Romero Feris interpuso recurso de nulidad con apelación
en subsidio en contra de la Resolución de 12 de abril de 200456. El 28 de junio de 2004, la
Jueza de Instrucción rechazó en todas sus partes el planteo de nulidad y declaró inadmisible
el recurso de apelación en subsidio57. El 14 de febrero de 2005, la Cámara en lo Criminal N°
2 rechazó un recurso de queja interpuesto por el señor Romero Feris y confirmó la Resolución
de 28 de junio de 200458.
c) Planteo de recusación con causa por prejuzgamiento a los tres integrantes de la
Cámara en lo Criminal N°2
48. El 4 de agosto de 2005, el señor Romero Feris recusó a los integrantes de la Cámara
Criminal N° 259. El 10 de agosto de 2005, la Cámara Criminal N° 2 decidió rechazar “in limine”
el planteo recusatorio60.
d) Impugnación de la Sentencia condenatoria N° 139 de la Cámara en lo Criminal N°
2 de 20 de diciembre de 2005.
49. El 20 de diciembre de 2005, la Cámara en lo Criminal N°2 condenó al señor Romero
Feris a una pena de cinco años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua como coautor del
delito de peculado. Además, hizo lugar a la querella y a la acción civil resarcitoria a favor de
la Municipalidad de Corrientes por la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000).
50. El 20 de febrero de 2006, el señor Romero Feris planteó un recurso de casación contra
la Resolución de la Cámara Criminal N° 261. El 19 de octubre de 2006, el STJC rechazó el
recurso por inconducente y confirmó la Sentencia condenatoria62.
51. El 3 de noviembre de 2006, el señor Romero Feris interpuso un REF ante el STJC contra
la Resolución de 19 de octubre de 200663. El 20 de febrero de 2007, el STJC resolvió no
conceder el REF64.
54
Cfr. Recurso de apelación de 24 de marzo de 2004 (expediente de prueba, folios 781 a 784).
Juzgado de Instrucción N°1 de Corrientes, Auto resolutorio N° 226 de 12 de abril de 2004 (expediente de
prueba, folios 785 a 797).
55
56
801).
Cfr. Solicitud de nulidad y apelación en subsidio de 16 de abril de 2004 (expediente de prueba, folios 798 a
57
Cfr. Juzgado de Instrucción N°1 de Corrientes, Auto resolutorio N° 414 de 28 de junio de 2004 (expediente
de prueba, folios 802 a 808).
58
Cfr. Cámara en lo Criminal N°2 de Corrientes, Resolución de 14 de febrero de 2005 (expediente de prueba,
folios 809 a 813).
59
Cfr. Recusación con causa de 4 de agosto de 2005 (expediente de prueba, folios 814 a 825).
60
Cfr. Cámara Criminal N° 2, Sentencia N° 382 de 10 de agosto de 2005 (expediente de prueba, folios 826 a
827).
61
Cfr. Recurso de Casación del 20 de febrero de 2006 (expediente de prueba, folios 828 a 887).
62
Cfr. STJC, Sentencia N° 106 de 19 de octubre de 2006 (expediente de prueba, folios 889 a 919).
63
Cfr. Recurso Extraordinario Federal de 3 de noviembre de 2006 (expediente de prueba, folios 920 a 951).
64
Cfr. STJC, Sentencia N° 9 de 20 de febrero de 2007 (expediente de prueba, folios 952 a 959).
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