21 denunciado”66. B.2. Teresa Díaz Aparicio B.2.1. Circunstancias personales y familiares de Teresa Díaz Aparicio 65. Teresa Díaz Aparicio nació el 12 de enero de 1954 67 y vivía en el distrito Rimac, en la Ciudad de Lima, con su madre Graciela Aparicio Pastor68 y sus hermanos Federico Díaz Aparicio y Roberto Levi Aparicio69. Su padre fue Alberto Díaz Uriarte. Era licenciada de sociología y se desempeñaba como docente en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Mayor de San Marcos y como miembro de la Asociación de Docentes. También se desempeñó como miembro de la Comisión de Atención social y legal de la UNMSM haciendo seguimiento de la situación de estudiantes detenidos y docentes con procesos judiciales 70. 66. Antes de su desaparición, el 27 de marzo de 1989 se realizó un registro en el domicilio de Teresa Díaz Aparicio y la detuvieron 71. El 31 de marzo de 1989 Teresa Díaz Aparicio fue indagada respecto de los manuscritos incautados en su domicilio y sobre su afiliación con Sendero Luminoso72. El 5 de abril de 1989 la Policía Nacional concluyó que “Teresa Díaz Aparicio pertenece […] al aparato de apoyo del PCP-SL, encargados de proporcionar alojamiento, alimentación, asistencia médica y otros requerimientos que son solicitados por los militantes de esa agrupación subversiva-terrorista”73. El 7 de abril de 1989 la Fiscalía Provincial Penal ordenó su libertad al considerar que no tiene mayor responsabilidad 74. B.2.2. Desaparición de Teresa Díaz Aparicio Cfr. Resolución de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima de 3 de abril de 2017, que guarda relación con la carpeta fiscal 22-2016 (expediente de prueba, anexo 1 a la contestación, fs. 4507 a 4510). Además, de acuerdo a la declaración rendida por Marcelita del Rosario Gutiérrez Vallejos mediante affidávit ante la Corte, Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima, manifestó que la Segunda Fiscalía tiene a su cargo la investigación preliminar por delito de Desaparición Forzada en agravio de Wilfredo Terrones Silva. Se tomó conocimiento del caso de Wilfredo Terrones Silva (N°506012802-2016-22-0). Según la Fiscala se dispusieron una serie de diligencias, entre ellas, la declaración de Frida Guillermina Landázuri Gómez, Julio Manuel Landázuri Gómez, VRA, CAC, y Wilfredo Ricardo Terrones Landázuri. Se notificó a Frida Guillermina Landázuri Gómez y Julio Manuel Landázuri Gómez en dos oportunidades para rendir su declaración sin resultado positivo, razón por la cual el 30 de mayo de 2017 se entrevistó en el domicilio de los citados a la primera. Wilfredo Ricardo Terrones Landázuri fue citado en tres oportunidades, y el 26 enero de 2018 declaró. Se ha programado las declaraciones de otros integrantes del denominado Grupo Colina. En el 1 de marzo de 2018 HGC señaló no tener conocimiento sobre la desaparición del agraviado. Queda pendiente recabar otras declaraciones. Fue recabada información de la morgue y los distintos hospitales a nivel nacional, que no registran información sobre Wilfredo Terrones Silva. Aún no en tanto no se ha determinado como se produjo su desaparición y donde podrían estar sus restos. Se aclara que en la presente Sentencia se señala con iniciales a algunas personas cuya actuación consta en documentos de actuaciones internas y sin que surja que hayan tenido relación con el trámite del caso en el ámbito internacional o intervención alguna ante la Comisión Interamericana o la Corte Interamericana. Cfr. Declaración de Marcelita del Rosario Gutiérrez Vallejos rendida mediante affidávit ante la Corte el 2 de marzo de 2018 (expediente de fondo, fs. 770 a 798). 67 Certificado de nacimiento de Teresa Díaz Aparicio (expediente de trámite ante la Comisión, fs. 2485 y 2486). 68 Certificado de Defunción de Graciela Aparicio Pastor, falleció el 5 de noviembre de 1997 (expediente de trámite ante la Comisión, f. 2200). 69 Certificado de Defunción de Roberto Levi Aparicio, falleció el 21 de octubre de 2001 (expediente de trámite ante la Comisión, f. 2202). Los representantes el 27 de enero de 2017 informaron a la Corte Interamericana sobre el fallecimiento de Federico Díaz Aparicio ocurrido el 12 de abril del 2014 (expediente escrito de alegatos finales de los representantes, fs. 105, 189, y 207). 70 Manifestación de Teresa Díaz Aparicio de 31 de marzo de 1989 (expediente de prueba, anexo 7 al Informe de Fondo, fs. 68 a 80). 71 Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, Expediente No. 11-2007, Parte 775-D3-SDIRCOTE de 28 de marzo de 1989 (expediente de prueba, anexo 8 al Informe de Fondo, f. 82). 72 Cfr. Manifestación de Teresa Díaz Aparicio de 31 de marzo de 1989, supra. 73 Oficio de la Policía Nacional de Perú de 5 de abril de 1989, Parte No. 888- D3- SDIRCOTE (expediente de prueba, anexo 9 al Informe de Fondo, fs. 84 a 102). 74 Resolución de la Fiscalía Provisional en lo Penal de Lima de 7 de abril de 1989 (expediente de prueba, anexo 10 al Informe de Fondo, f. 104). 66

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