8 conceder oportunidad a la Comisión para formular preguntas al perito, específicamente en lo que atañe a temas relacionados con el orden público interamericano. E. Aplicación al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas ante la Corte 25. En el presente caso fueron designadas dos defensoras públicas interamericanas para asumir la representación de las presuntas víctimas. En el escrito de solicitudes y argumentos, las defensoras indicaron que los representados carecen de recursos para solventar los costos del litigio ante la Corte dada su situación económica, por lo que solicitaron la aplicación del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. Particularmente, las defensoras solicitaron el reintegro de lo siguiente: i) la cobertura económica para viaje, traslados, hospedaje y viáticos que irroguen sus estadías en San José de Costa Rica o en la que la Corte determine para permitir la comparecencia a la audiencia de la señora Dora Alicia Castillo Mendoza de Luna, y del testigo Edy Iván Bocanegra Conde; ii) la cobertura económica de los gastos que eventualmente irrogue la recepción de la declaración por afidávit o por video conferencia de la señora Berta Lidia Mendoza; iii) la cobertura económica para viaje, traslados, hospedaje y viáticos que irroguen sus estadías en San José de Costa Rica o en la que la Corte determine para permitir la comparecencia a la audiencia para los peritos Luis Arroyo Zapatero, María Fernanda López Puleilo, y iv) la cobertura de los gastos que eventualmente irrogue la recepción de los informes periciales de Alejandro Rodríguez Barillas y Enrique Oscar Stola, así como la cancelación de los honorarios de los peritos, previa presentación de la factura fiscal correspondiente. Finalmente, las defensoras solicitaron el reintegro: i) de las erogaciones efectuadas hasta el momento de la presentación del escrito de solicitudes y argumentos, y ii) de los gastos por su intervención en las audiencias, cubriendo los gastos de viaje traslados, hospedaje y viáticos durante su estadía en la ciudad de San José de Costa Rica, o en cualquier otro Estado, para asistir a las audiencias previstas en el presente caso, así como en relación a todos los gastos que demande cualquier actividad vinculada a ello. 26. El Presidente recuerda que, en casos en que la representación sea asumida gratuitamente por un defensor interamericano, en los términos del artículo 37 del Reglamento de la Corte Interamericana, se brindará ayuda a través del Fondo de Asistencia para sufragar, en la medida de lo posible, los gastos razonables y necesarios que origine tal representación. Es decir, la aplicación del Fondo en estas situaciones se rige por lo establecido en el artículo 4 del Acuerdo de Entendimiento entre la Corte Interamericana y la Asociación Interamericana de Defensoría Públicas, de modo que el defensor interamericano designado “deberá presentar ante la Corte todos los comprobantes necesarios que acrediten los gastos en que se ha incurrido con motivo de la tramitación del caso ante ésta”. Lo anterior fue expresamente señalado al notificar el sometimiento del presente caso. 27. En razón de lo anterior, al haber resuelto sobre la procedencia de las declaraciones y peritajes, teniendo en cuenta que no se celebrará una audiencia pública en el presente caso, y de acuerdo a la pertinencia de las declaraciones y por la disponibilidad de fondos, esta Presidencia dispone que la asistencia económica será asignada para cubrir los gastos de: i) formalización y envío de las declaraciones presentadas mediante affidávit, las cuales corresponden a las declaraciones de Dora Alicia Castillo Mendoza de Luna y Berta Lidia Mendoza, así como la declaración testimonial del señor Edy Iván Bocanegra Conde; ii) los gastos de realización, formalización y envío de cuatro dictámenes periciales que deben ser presentados mediante afidávit, los cuales corresponden a los señores Luis Arroyo Zapatero, Enrique Oscar Stola y Alejandro Rodríguez Barillas y a la señora María Fernanda López Puleilo; y iii) los demás gastos razonables y necesarios en que hayan incurrido o puedan incurrir las

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