38. El 4 de septiembre de 2000 la señora Andrade solicitó al Juez Tercero que expidiera mandamiento de libertad47. El 6 de septiembre se celebró la audiencia pública de aplicación de medidas sustitutivas y se resolvió que las mismas consistirían en: i) “presentación periódica al juzgado, debiendo la imputada presentarse todos los días lunes a horas 9:00 para firmar el libro correspondiente” y ii) “fianza real económica de USD 100.000- […] o su equivalente en moneda nacional”48. Al término de la audiencia, la defensa de la señora Andrade apeló dicha decisión49. 39. El 2 de octubre de 2000 la Sala Primera de la Corte Superior de Justicia revisó el recurso de apelación y resolvió imponer una fianza de 80.000 Bolivianos50 y un garante personal51. El 4 de octubre de 2000 la defensa de la señora Andrade solicitó ante el Juez Tercero la sustitución de la fianza por un bien mueble consistente en un vehículo propiedad de un familiar de la señora Andrade toda vez que ella “no poseía la cantidad de Bs. 80.000”52. El 10 de octubre de 2000 durante la audiencia de sustitución de fianza, la solicitud de la señora Andrade fue aceptada 53. 40. El 23 de octubre de 2000, el proceso fue anulado dado que había sido iniciado de forma ilegal pues la denuncia había sido interpuesta directamente ante el Juez Tercero sin que se hubiera efectuado el sorteo correspondiente. Luego del mismo, el proceso pasó al Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal 54 que denegó la cesación de la detención preventiva de la señora Andrade55. La defensa apeló tal decisión56. 41. El 7 de noviembre de 2000, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal (en adelante “Juez Séptimo”), dictó su auto inicial de instrucción en contra de 12 personas, entre las que se encontraba la señora Andrade, por delitos de estafa, asociación delictuosa y conducta antieconómica57. El 9 de noviembre de 2000 ingresó querella 47 Cfr. Escrito de la señora Andrade de 1 de septiembre de 2000 dirigido al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal (expediente de prueba, folio 54). 48 Acta de audiencia pública de aplicación de medidas sustitutivas a la de detención preventiva de 6 de septiembre de 2000 (expediente de prueba, folios 57 a 62). 49 Acta de audiencia pública de aplicación de medidas sustitutivas a la de detención preventiva de 6 de septiembre de 2000 (expediente de prueba, folio 62). 50 Esa suma corresponde aproximadamente, según cálculo de esta Corte, a un monto de USD 12.738,8. El monto en dólares se calculó con base en la tasa de venta del Banco Central de Bolivia de 2 octubre de 2000. 51 Cfr. Sentencia Constitucional N° 028/01-R del Tribunal Constitucional de 16 de enero de 2001 en el expediente 2000-01964-05-RUC (expediente de prueba, folio 150). 52 Cfr. Escrito de 4 de octubre de 2000 de la señora Andrade dirigido al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal (expediente de prueba, folios 64 a 65). 53 Cfr. Acta de audiencia de sustitución de fianza de 10 de octubre de 2000 del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal (expediente de prueba, folios 1074 a 1075). 54 Cfr. Resolución No. 339/03 de la Fiscalía de Distrito de La Paz en el Caso No. 3870/03 de 27 de noviembre de 2003 (expediente de prueba, folio 123), y escrito de 14 de diciembre de 2000 de apersonamiento y planteamiento de denuncia y queja de la defensa de la señora Andrade dirigido al Consejo de la Judicatura (expediente de prueba, folios 936 y 937). 55 Cfr. Sentencia Constitucional N° 028/01-R del Tribunal Constitucional de 16 de enero de 2001 en el expediente 2000-01964-05-RUC (expediente de prueba, folio 152). 56 Cfr. Sentencia Constitucional N° 028/01-R del Tribunal Constitucional de 16 de enero de 2001 en el expediente 2000-01964-05-RUC (expediente de prueba, folio 152). 57 Cfr. Auto inicial de la instrucción de 7 de noviembre de 2000 emitido por el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal de La Paz (expediente de prueba, folio 70). -14-

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