Humanos, por solicitud de la Fiscal 13 Especializada realizada ese mismo mes 54. El 13 de enero de 2006 el Fiscal Especializado 9 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (en adelante también “Unidad Nacional de DH y DIH”) recibió el expediente, el cual fue radicado junto con las diligencias por el hallazgo de cadáveres, bajo el Radicado No. 2302. Este número de radicado se mantiene hasta la actualidad. 52. El 11 de julio de 2006 la señora Luz Enith Franco presentó un derecho de petición al Fiscal 9 Especializado de la Unidad Nacional de DH y DIH, para que se ordenase al Cuerpo Técnico de Investigación de Medellín verificar si dentro de los 55 cuerpos que fueron exhumados en el municipio de Santa Bárbara se encontraba el cuerpo de Arles Edisson 55. Las representantes indicaron que no recibió respuesta. 53. El 24 de agosto de 2006 se reconoció al Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (GIDH) como parte civil en el proceso, en su calidad de representantes de la señora Luz Enith Franco Noreña 56. 54. El 28 de enero de 2008 57 el GIDH solicitó al Fiscal 9 Especializado de la Unidad de DH y DIH que requiriese al Cuerpo Técnico de Investigación informar sobre el hallazgo de fosas comunes en la Comuna 13 entre los años 2004 y 2008. Asimismo, solicitó que se verificase si dentro de los cuerpos hallados en dichas fosas, se encontraba el del señor Guzmán Medina 58. El 13 de marzo de 2008, el CTI reportó el hallazgo de “14 cuerpos”, ninguno de los cuales concordaban con el del señor Guzmán Medina. 55. A la fecha, la investigación se encuentra a cargo de la Fiscalía 212 de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación en Bogotá. E. Sentencias dictadas 56. El 6 de febrero de 2008 se dictó sentencia anticipada contra Diego Fernando Murillo Bejarano, alias “don Berna”, en su calidad de comandante del Bloque Cacique Nutibara. Entre los delitos por los que se le condenó se encuentran: homicidio agravado, desaparición forzada de 6 personas, desplazamiento forzado y concierto para delinquir en relación con la Comuna 13 59. Alias “don Berna” no fue investigado ni condenado por hechos relativos a Arles Edisson Guzmán Medina, por lo que el 3 de junio de 2010, el Fiscal Noveno Especializado indicó que “como los hechos relacionados con la desaparición de Guzmán Medina no fueron incluidos dentro de la formulación de cargos al sindicado […] alias “Don Berna” […] se dispuso continuar la investigación” y “se ha ordenado mediante carta rogatoria a las autoridades judiciales de 54 Cfr. Oficio No. 1017 de la Fiscalía 13 Especializada de la Unidad de Fiscalía Delegada ante los jueces penales del Circuito Especializado de Medellín y Antioquía, de 4 de noviembre de 2005 (expediente de prueba, folios 5966 a 5967). 55 Cfr. Derecho de petición suscrito por Luz Enith Franco Noreña, dirigido al Fiscal Noveno Especializado de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, de 11 de julio de 2006 (expediente de prueba, folio 5999). 56 De conformidad con lo indicado por las representantes, lo cual no fue controvertido por el Estado. 57 No consta en el expediente información relativa al caso entre el 24 de agosto de 2006 y el 28 de enero de 2008. 58 Cfr. Solicitud de Requerimiento en el Radicado 23-02, de 28 de enero de 2008 (expediente de prueba, folio 6001). 59 Cfr. Sentencia anticipada del Juzgado Tercero Penal de Circuito Especializado de Medellín, Radicado 20060241 (Fiscalía 2302), de 6 de febrero de 2008 (expediente de prueba, folios 7126 a 7141). 17

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