Humanos, por solicitud de la Fiscal 13 Especializada realizada ese mismo mes 54. El 13 de
enero de 2006 el Fiscal Especializado 9 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario (en adelante también “Unidad Nacional de DH y DIH”) recibió el
expediente, el cual fue radicado junto con las diligencias por el hallazgo de cadáveres, bajo
el Radicado No. 2302. Este número de radicado se mantiene hasta la actualidad.
52.
El 11 de julio de 2006 la señora Luz Enith Franco presentó un derecho de petición al
Fiscal 9 Especializado de la Unidad Nacional de DH y DIH, para que se ordenase al Cuerpo
Técnico de Investigación de Medellín verificar si dentro de los 55 cuerpos que fueron
exhumados en el municipio de Santa Bárbara se encontraba el cuerpo de Arles Edisson 55. Las
representantes indicaron que no recibió respuesta.
53.
El 24 de agosto de 2006 se reconoció al Grupo Interdisciplinario por los Derechos
Humanos (GIDH) como parte civil en el proceso, en su calidad de representantes de la señora
Luz Enith Franco Noreña 56.
54.
El 28 de enero de 2008 57 el GIDH solicitó al Fiscal 9 Especializado de la Unidad de DH
y DIH que requiriese al Cuerpo Técnico de Investigación informar sobre el hallazgo de fosas
comunes en la Comuna 13 entre los años 2004 y 2008. Asimismo, solicitó que se verificase
si dentro de los cuerpos hallados en dichas fosas, se encontraba el del señor Guzmán
Medina 58. El 13 de marzo de 2008, el CTI reportó el hallazgo de “14 cuerpos”, ninguno de los
cuales concordaban con el del señor Guzmán Medina.
55.
A la fecha, la investigación se encuentra a cargo de la Fiscalía 212 de la Dirección
Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la
Nación en Bogotá.
E. Sentencias dictadas
56.
El 6 de febrero de 2008 se dictó sentencia anticipada contra Diego Fernando Murillo
Bejarano, alias “don Berna”, en su calidad de comandante del Bloque Cacique Nutibara. Entre
los delitos por los que se le condenó se encuentran: homicidio agravado, desaparición forzada
de 6 personas, desplazamiento forzado y concierto para delinquir en relación con la Comuna
13 59. Alias “don Berna” no fue investigado ni condenado por hechos relativos a Arles Edisson
Guzmán Medina, por lo que el 3 de junio de 2010, el Fiscal Noveno Especializado indicó que
“como los hechos relacionados con la desaparición de Guzmán Medina no fueron incluidos
dentro de la formulación de cargos al sindicado […] alias “Don Berna” […] se dispuso continuar
la investigación” y “se ha ordenado mediante carta rogatoria a las autoridades judiciales de
54
Cfr. Oficio No. 1017 de la Fiscalía 13 Especializada de la Unidad de Fiscalía Delegada ante los jueces penales
del Circuito Especializado de Medellín y Antioquía, de 4 de noviembre de 2005 (expediente de prueba, folios 5966 a
5967).
55
Cfr. Derecho de petición suscrito por Luz Enith Franco Noreña, dirigido al Fiscal Noveno Especializado de la
Unidad Nacional de Derechos Humanos, de 11 de julio de 2006 (expediente de prueba, folio 5999).
56
De conformidad con lo indicado por las representantes, lo cual no fue controvertido por el Estado.
57
No consta en el expediente información relativa al caso entre el 24 de agosto de 2006 y el 28 de enero de
2008.
58
Cfr. Solicitud de Requerimiento en el Radicado 23-02, de 28 de enero de 2008 (expediente de prueba, folio
6001).
59
Cfr. Sentencia anticipada del Juzgado Tercero Penal de Circuito Especializado de Medellín, Radicado 20060241 (Fiscalía 2302), de 6 de febrero de 2008 (expediente de prueba, folios 7126 a 7141).
17