-1869. El señor Mario Melo Acuña (padre) recibe una pensión mensual de reparación, que rige desde el 1˚ de agosto de 2006, con monto de beneficiario único de $360.674,00 Pesos chilenos. No consta si el señor Carlos Melo Prádenas (hermano) recibe reparaciones. A.8 Situación de Katia Ximena Espejo y su madre y su causa contra el Fisco de Chile 70. Según el Informe de la Comisión Rettig, el 15 de agosto de 1974 Rodolfo Espejo fue detenido en su domicilio en Santiago. Tenía 18 años de edad, era estudiante secundario y militante del Partido Socialista. Su detención fue realizada por agentes de la DINA. Ante los requerimientos judiciales de información las autoridades negaron que él se encontrara detenido. Se ha podido establecer por medio de testimonios que permaneció en una localidad en Londres No. 38 y Cuatro Alamos. La Comisión Rettig está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron sus derechos humanos52. 71. En los términos de la Ley 19.123 de 1992, la madre de Rodolfo Espejo, señora Elena Alejandrina Gómez Vargas, recibe una pensión mensual por la suma de $360.674,00 Pesos chilenos, que rige desde el 1˚ de julio de 1991. Asimismo, ella percibió bonificación compensatoria. No consta si la hermana del señor Espejo recibe reparaciones. 72. El 19 de julio de 2000 la señora Katia Ximena Espejo, junto con su madre, interpusieron una demanda civil de indemnización de perjuicios ante el 17º Juzgado Civil (Rol 2918-200). El 19 de junio de 2002 el 17º Juzgado Civil, aunque declaró probada la detención y desaparición de Rodolfo Espejo por agentes estatales, denegó las pretensiones de la demanda por considerar que la acción se encontraba prescrita. Al respecto, el juez señaló que los hechos ocurrieron el 15 de agosto de 1974, por lo que había transcurrido en exceso el plazo de cuatro años previsto en el artículo 2.332 del Código Civil. Las demandantes interpusieron recurso de apelación, el cual fue declarado desierto el 12 de junio de 2003 por la CAS. A.9 Situación del grupo familiar de Magdalena Navarrete y su causa contra el Fisco de Chile 73. Según el Informe de la Comisión Rettig, el 16 de noviembre de 1974 el señor Sergio Reyes Navarrete, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio por agentes de la DINA. El detenido se encuentra desaparecido desde entonces, sin que haya antecedentes ciertos sobre su permanencia en recintos de detención. La Comisión Rettig llegó a la convicción de que la víctima desapareció por acción de agentes del Estado, en violación de sus derechos humanos53. 74. En los términos de la Ley 19.123 de 1992, la señora Magdalena Navarrete, madre del señor Reyes, percibió bonificación compensatoria y su pensión rige desde el 1 de julio de 1991 y corresponde a 360.674 Pesos chilenos mensuales. Asimismo, la señora María Elisa Zepeda Rojas, esposa de aquél, percibió bonificación compensatoria y su pensión rige desde el 1˚ de julio de 1991 y corresponde al 40% de 504.945 Pesos chilenos. Su hijo percibió bono compensatorio y pensión. No consta si Alberto, Patricio Hernán y Víctor Eduardo Reyes Navarrete, hermanos del señor Reyes, reciben reparaciones. 75. El 28 de julio de 2000 la madre y hermanos del señor Reyes, presentaron una demanda civil de indemnización de perjuicios por el daño moral causado por su detención y desaparición (Rol C52 Informe de la Comisión Rettig, Tomo II, págs. 840 y 841. 53 Informe de la Comisión Rettig, Tomo II, pág. 791.

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