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Complejo Penitenciario Federal I ingresó a su celda, y que uno de ellos lo golpeó con un
palo en la cabeza, luego de lo cual lo llevaron a la “leonera” 188, sitio en el que había recibido
más de 20 golpes en la planta de los pies. Luego fue llevado a otro sector, donde se le
ordenó que se parara a caminar, y al no poder hacerlo, comenzaron a golpearlo
nuevamente189. Claudio David Núñez, por su parte, refirió haber recibido un tratamiento
similar190.
130. El 17 de diciembre del 2007, en el marco de la investigación que se inició a raíz de la
denuncia presentada por el defensor de ambos internos (supra párr. 126), el Secretario del
Juzgado de Ejecución Penal No. 2 tomó las declaraciones de Lucas Matías Mendoza y
Claudio David Núñez. En esta ocasión, ambos manifestaron que “el día 9 de diciembre
pasad[as] las 22.30 h[oras] fue[ron] apremiado[s] ilegalmente […,] [r]efi[riendo] que no
desea[ban] agregar más datos sobre ello, porque tem[ían] por su integridad física”191. El 18
de diciembre de 2007 los autos se remitieron al Juzgado Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal de Lomas de Zamora, a fin de darle a conocer los hechos que podrían
constituir delitos de acción pública192. Frente a ello, se iniciaron la causa no. 615, relativa a
los alegados apremios contra Lucas Matías Mendoza, y la causa No. 616, relativa a los
alegados apremios contra Claudio David Núñez, ambas a cargo del Juzgado Federal de
Primera Instancia en lo Criminal y Correccional no. 2193. El 26 de diciembre de ese año, el
cuerpo médico forense informó al juzgado sobre el examen realizado ese mismo día a
Mendoza y Núñez, quienes “refi[rieron] […] no [haber] recibi[do] traumatismos
recientes”194. Por su parte, Lucas Matías Mendoza agregó “haber sufrido un golpe por caída
hace 10 días aproximadamente, con herida en cuero cabelludo, suturado en el Penal”. Así,
188
Según indican los representantes, “la leonera” es una celda individual donde se aloja a las personas que
están en tránsito. Cfr. Escrito de solicitudes y argumentos (expediente de fondo, tomo I, folio 467).
189
Cfr. Declaración rendida por Lucas Matías Mendoza ante la Comisión de Cárceles de la Defensoría General
de la Nación, de 13 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo X, folio 5579).
190
Declaró que: “el domingo 9 [de diciembre de 2007], aproximadamente a las 22.30 h[oras], ingresaron a
su celda 3 penitenciarios pertenecientes al cuerpo de requisa, le pidieron que se tire al piso y le pegaron una
patada en el lado derecho de la cabeza y piñas […]. Luego […] lo trasladaron a [‘]la leonera[’ y] en todo [el]
trayecto le siguieron pegando […]. [L]e sacaron la zapatilla izquierda […] y empezaron a darle […aproximadamente
30] golpes […] en el pie […]. También le pegaron […] en la pierna y en la cintura. Todo esto fue junto a su
compañero Mendoza […]. Luego él rengueando fue […hasta] la sección médica, […] el enfermero […] le dijo que no
tenía nada y […] le limpió el cabello para sacarle la sangre que tenía de[l interno] Mendoza, pues cuando le
estaban pegando estaban juntos en el piso. […] [T]ambién el 12 del corriente […] le pegaron cachetazos y piñas”.
Cfr. Declaración rendida por Claudio David Núñez ante la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la
Nación, de 13 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo X, folios 5582 y 5583).
191
Cfr. Declaración rendida por Lucas Matías Mendoza el día 17 de diciembre de 2007 (expediente de anexos
al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7402), y declaración rendida por Claudio David Núñez el día
17 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7544).
192
Cfr. Escrito del Juzgado de Ejecución Penal no. 2, dirigido al Juez Nacional en lo Criminal y Correccional
Federal de Lomas de Zamora, de 18 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y
argumentos, tomo XIII, folio 7406),y escrito del Juzgado de Ejecución Penal no. 2, dirigido al Juez Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora, de 18 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito
de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7549).
193
Cfr. Escrito del Secretario del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora,
de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 615 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos,
tomo XIII, folio 7408), y escrito del Secretario del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas
de Zamora, de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 616 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y
argumentos, tomo XIV, folio 7552).
194
Cfr. Escrito del Cuerpo Médico forense presentado al Juez Federal de primera instancia en lo Criminal y
Correccional no. 2 de Lomas de Zamora, de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 615 (expediente de anexos
al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7410), y escrito del Cuerpo Médico forense presentado al
Juez Federal de primera instancia en lo Criminal y Correccional no. 2 de Lomas de Zamora, de 26 de diciembre de
2007, en la causa no. 616 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7554).
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