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menos ciento diecisiete páginas referentes a fotocopias de presuntos recibos [… en los
que] muchos de ellos [contienen] borrones, [están] sin firmar y/o sin sellar, lo cual
compromete su autenticidad.” Además señaló que “este representante no hace una
relación lógica y detallada e ilustrativa del empleo de los recursos económicos
supuestamente erogados […] por lo que al Estado le embarga la duda razonable de que
todos esos gastos se asocien con este expediente” y solicitó a la Corte que los rechace. No
obstante lo anterior, señaló que en caso de que la Corte desestime su solicitud, el monto
solicitado por CEJIL le parece “exorbitante” razón por la cual solicitaron que “se determine
en equidad el monto de las costas por los gastos que logren probarse”.
491. En lo que respecta a la Clínica de Derechos Humanos, el Estado indicó que “no han
aportado todos los documentos que comprueben los gastos en los cuales alegaron haber
incurrido, como es el caso, por ejemplo, de los supuestos viajes internacionales” ni
tampoco “hace una relación lógica, detallada e ilustrativa del empleo de los recursos” y
solicitó que se rechace lo pretendido por la misma. Asimismo consideró que le “resulta
inaudito que dicha [C]línica solicite el reconocimiento de más del doble de las costas de lo
que exige CEJIL, ya que sólo habría participado en el proceso desde 2001, mientras la
ONG habría trabajado en el caso desde el año 1999”. En razón de lo anterior, le solicitó a
la Corte “que determine en equidad el monto de las costas”.
492. Por último, en cuanto a MUDHA y GARR, el Estado solicitó que el Tribunal “los
rechace pura y simplemente, puesto que no se hallan sustentados en ningún documento ni
comprobante ni mucho menos, aportan una relación detallada y especifica que justifiquen
tales erogaciones”. Además manifestó que “no se les aplique ni siquiera el reconocimiento
de costas por equidad, puesto que estos representantes no aportan un solo comprobante
de erogación monetaria”.
493. En cuanto a los gastos futuros, el Estado manifestó que se reserva el derecho de
plantear observaciones acerca de los mismos, una vez que los representantes, de manera
conjunta o individualmente, aporten comprobantes de erogaciones incurridas con la debida
relación con la vinculación del presente caso.
494. En sus observaciones a los anexos presentados por los representantes junto con los
alegatos finales escritos, el Estado presentó diversos “reparos” respecto a los documentos
presentados. Al respecto, señaló: 1) que los documentos relacionados con las reservas de
hotel “hayan sido utilizados o no, jamás podrían dar fe del monto de dinero que
efectivamente se pagó”; la del Hotel Francés de Santo Domingo no identifica a favor de
quién se realizó, y la otra reserva se refiere a un presunto testigo no cubierto por el
Fondo, pero no específica cuál testigo; 2) en cuanto a los gastos de transporte, hay una
factura de pago de taxi ida y vuelta para reunirse con la señora Tahira Vargas del 10 de
julio de 2013, el Estado observó que los representantes renunciaron a ese dictamen, por lo
que no puede reconocer ese gasto, ya que la prueba nunca se aportó al proceso, y el
alegado gasto por concepto de transporte a Pedernales entre el 7 y 9 de julio de 2013,
CEJIL no aportó factura que lo sustente por lo que el Estado desconoce dichas supuestas
erogaciones, y 3) en cuanto a los gastos de comunicación (telefonía, internet y
correspondencia) y administrativos (insumos y gastos de oficina, fotocopias), CEJIL no
depositó las facturas que sustentan dichas supuestas erogaciones, ni sustenta dichas
supuestas erogaciones con su labor de representación legal en el presente caso. En tal
virtud el Estado desconoce dichas supuestas erogaciones. En consecuencia, solicitó que se
excluya del estudio del expediente, o bien que rechace la solicitud de los representantes
en cuanto al reembolso de dichas costas y gastos por carecer de sustento probatorio.
Rechazó cualquier otro reclamo que pudieran presentar las otras tres organizaciones
representantes MUDHA, GARR y la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de
Columbia, ya que no hicieron ningún reclamo ante la Corte.
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