5 orden de adoptar medidas de protección a favor de los beneficiarios a través de su Resolución de 30 de septiembre de 2006 (supra Visto 1). 7. Que los hechos que sucedieron desde la Resolución emitida por el Presidente de la Corte en el presente asunto el 28 de julio de 2006, ameritan el análisis de la actual situación de los beneficiarios y la adopción de la presente Resolución. 8. Que el Estado informó que los hechos ocurridos en la Penitenciaría “Dr. Sebastião Martins Silveira” (en adelante “la Penitenciaría de Araraquara”, “la Penitenciaría” o “Araraquara”) el 16 de junio de 2006, sucedieron dentro de un contexto de violencia iniciado en el mes anterior en el estado de São Paulo. El 12 de mayo de 2006, una organización criminal coordinó rebeliones en 74 establecimientos penitenciarios de los cuales 19 fueron casi completamente destruidos; asimismo, fuera de los centros de detención se produjeron ataques a estaciones de policía y otros órganos públicos e incendios de autobuses. Entre otras consecuencias, esas acciones provocaron la pérdida de 25.000 plazas penitenciarias en el estado de São Paulo. La Policía Militar intervino en forma eficaz para controlar los motines sin que hubiese que lamentar ninguna muerte. Debido a la rebelión del 16 de junio de 2006, la Penitenciaría de Araraquara fue casi totalmente destruida. En ella se encontraban detenidas 1.200 personas, que el Estado intentaba trasladar a otras prisiones, como consecuencia del motín del 12 de mayo de 2006. Frente a la crisis instaurada en el sistema carcelario paulista no era posible trasladar de inmediato a esas personas a otros establecimientos; por ello debió optarse por mantener inicialmente a los beneficiarios en el anexo de la Penitenciaría de Araraquara, porque todas las puertas y las cerraduras de las celdas habían sido destruidas. 9. Que a fin de iniciar la reforma de la Penitenciaría de Araraquara, el Estado trasladó a los beneficiarios a otros establecimientos carcelarios de manera responsable y gradual, en grupos de cien internos a la semana, priorizándose los beneficiarios que estaban en tratamiento médico, según un calendario aprobado por el Poder Judicial de São Paulo y ampliamente divulgado por la prensa brasileña. Para realizar los traslados se consideraron los centros de detención que ofrecían las mejores condiciones para el cumplimiento de las penas; pedidos personales de reubicación, y la cercanía con la familia del interno. El 20 de septiembre de 2006 el proceso de traslado de todos los internos concluyó sin que se hubiese producido ninguna muerte o atentado a la integridad personal de los beneficiarios. 10. Que el proceso de reconstrucción y reforma de la Penitenciaría de Araraquara fue concluido menos de un año después de la rebelión y resultó en una inversión equivalente a diez millones de dólares. Actualmente, la Penitenciaría funciona dentro de su capacidad y alberga a 1.500 personas. De los 1.200 beneficiarios originales 732 continúan privados de libertad en cárceles del estado de São Paulo6; 54 de ellos en Araraquara y los demás en otras 72 prisiones. Brasil alegó que ha garantizado la protección a la vida e integridad física de los beneficiarios, aún frente a la situación extrema ocasionada por los motines de mayo y junio de 2006, y que la situación que motivó la adopción de las presentes medidas provisionales no subsiste. Finalmente, el El Estado indicó que 279 beneficiarios obtuvieron la libertad por orden judicial; 117 pasaron a cumplir su pena en prisión domiciliar; 65 huyeron de los centros donde se encontraban; 1 ha sido trasladado a otro estado de la Federación y 6 fallecieron. 6

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