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estándares que han sido desarrollados por: el sistema universal, los sistemas
regionales de derecho internacional de los derechos humanos diferentes al
interamericano, el derecho penal internacional, el derecho internacional
humanitario, el derecho internacional público, o el derecho comparado.
7) Carlos Rodríguez Mejía, quien rendirá un peritaje sobre el cumplimiento de los
estándares sobre debida diligencia en la investigación de violaciones a los derechos
humanos en los procesos penales ordinarios seguidos por las desapariciones
forzadas de las víctimas del caso, sobre todo resaltando los obstáculos de hecho y
de derecho que se han presentado en los 17 años que llevan los procesos penales
relacionados con el caso.
C) Testigos (propuestos por los representantes)
8) Hollman Felipe Morris Rincón, quien rendirá un peritaje sobre la forma en que tuvo
conocimiento de los hechos del caso en su labor periodística; las entrevistas que
realizó a los familiares de las víctimas, así como sobre la entrevista que realizó al
señor Ramón Isaza en el Magdalena Medio. Se referirá a la forma y contratiempos
que habría tenido para acceder al lugar donde se encontraba el señor Isaza y el
señor NN Freddy con su hijo. Además, declarará las labores que las familias han
llevado a cabo para buscar justicia y encontrar a sus familiares alegadamente
desaparecidos, y lo que le consta sobre el accionar del Estado sobre estas supuestas
desapariciones a la época de los hechos.
9) Héctor Manuel González Ramírez, quien rendirá un testimonio sobre sobre la forma
en que se enteró de la presunta desaparición de sus familiares y lo que sabe acerca
de lo que les ocurrió; la presunta pérdida de bienes y viviendas en estos mismos
hechos; a lo que alegadamente se vieron enfrentados para responder a los cambios
familiares, económicos y de residencia derivados de las supuestas desapariciones
forzadas de sus familiares; del alegado accionar de los grupos paramilitares en la
zona; la presencia de la fuerza pública en la Vereda; las supuestas gestiones
realizadas para la búsqueda de justicia por él y sus familiares, los presuntos
obstáculos enfrentados y la respuesta obtenida; la forma en que estos hechos lo
habrían afectado así como a los miembros de su familia, incluyendo los familiares
que fallecieron durante estos últimos 20 años; así como acerca de las medidas que
el Estado debería adoptar para reparar el daño causado, entre otros aspectos
relevantes para el caso.
D) Perito (propuesto por el Estado)
10) Carlos Eduardo Valdés Moreno, quien rendirá declaración sobre la legislación y los
mecanismos con los que cuenta el Estado colombiano para investigar el delito de
desaparición forzada, específicamente, sobre las medidas encaminadas a la
localización, identificación e inhumación de los restos de las víctimas de este delito,
todo ello a la luz de los estándares internacionales sobre la materia. Así mismo se
referirá a las dificultades que representa la implementación de estos mecanismos y
los avances que hasta el momento se han obtenido en el caso colombiano. En
relación con todo lo anterior, el perito, podrá referirse preferentemente a aquellos
estándares que han sido desarrollados por: el sistema universal, los sistemas
regionales de derecho internacional de los derechos humanos diferentes al
interamericano, el derecho penal internacional, el derecho internacional
humanitario, el derecho internacional público, o el derecho comparado
E) Declarantes a Título Informativo (propuestos por el Estado)