y Sylvio Dard es reportero de medios internacionales y activo defensor de derechos humanos; b) Los integrantes del CCDH “reciben cotidianamente amenazas por parte de funcionarios, ex funcionarios y militares en relación con su labor en el cumplimiento de la sentencia en el caso Dorzema”. En tal sentido, por una parte “intentan negociar con los integrantes del CCDH para que no se abra instancias judiciales ante los tribunales de jurisdicción ordinaria y, por otra parte, se invoca las consecuencias graves por su seguridad si los responsables fueran acusados ante dichos tribunales”; c) Los señores Roberto José Antúan y Manuel de Jesús Dandré afirmaron sufrir amenazas, provocaciones y vigilancia cotidiana de sus labores3. En este sentido, el señor Roberto José Antúan señaló que es “permanentemente interceptado por personas que le sugieren “cuidarse” de las consecuencias que puede tener su desempeño como representante de las víctimas en el caso Dorzema, especialmente en el caso de que los responsables de los hechos sean llevados ante los tribunales de jurisdicción ordinaria”; d) “La gravedad de los actos de hostigamiento de los que han sido víctimas los integrantes del CCDH, y de sus familiares, se origina como represalia por sus labores como representantes de las víctimas en el caso Dorzema y por su condición de defensores y defensoras de derechos humanos de personas dominicanas de ascendencia haitiana en el país”; e) “La gravedad y el riesgo inminente de sufrir daños contra la vida, la integridad y la seguridad personales de defensoras y defensores de derechos de DAH queda en sí misma demostrada por el hecho de la pertenencia de las beneficiarias a la misma minoría que resulta víctima de la desprotección, la discriminación y la violencia que dirige activamente en su contra el mismo Estado”, y f) “La totalidad de las reuniones pactadas con instituciones y funcionarios del Estado para dar seguimiento a la implementación de la sentencia del caso Dorzema, según lo dispuesto por [la] Corte, fueron antecedidas y precedidas de amenazas graves contra las autoridades del CCDH”. 6. Que los representantes argumentaron otra serie de hechos y alegatos para fundamentar la solicitud. En síntesis, señalaron que, en la Sentencia de la Corte en el caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs. República Dominicana de 28 de agosto de 2014 se señaló que, en República Dominicana existe un contexto de discriminación estructural y sistemática en contra de personas dominicanas de ascendencia haitiana y personas haitianas, grupo al cual pertenecen los integrantes del CCDH, lo cual se ha agravado como consecuencia de la sentencia TC/0168 del Tribunal Constitucional que revocó la nacionalidad dominicana a todas las personas de origen haitiano que no pudieron acreditar el 3 La vigilancia informal y permanente se extiende a las manifestaciones que organiza el CCDH para el reclamo pacífico al Estado frente a la inobservancia de lo dispuesto por la Corte en el caso Dorzema o por las graves consecuencias de la Sentencia TC/0168/13 o las expulsiones colectivas de DAH. 3

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