-8de documentación29. El 23 de enero de 2008 el entonces Presidente de la Corte decidió
convocar al señor Mario Joseph a declarar, a título informativo, en el marco de dicha
audiencia. El 30 de enero de 2008 la Corte celebró la referida audiencia pública 30 .
Según lo ordenado por la Presidenta de la Corte (en adelante “la Presidenta”) durante
la audiencia pública, el 15 de febrero de 2008 la Secretaría solicitó a las partes, en
aplicación del artículo 45.1 del Reglamento, que respondieran a algunas preguntas31.
Las respuestas del Estado, del representante y de la Comisión fueron recibidas el 22
de febrero 32 . El 14 de marzo de 2008 la Secretaría, siguiendo instrucciones de la
Presidenta, informó a las partes que, en aplicación del artículo 45.1 del Reglamento,
incorporaría determinados elementos probatorios al expediente 33 , respecto de los
cuales las partes tuvieron oportunidad de someter sus observaciones.
el señor Neptune; su situación jurídica actual, así como todo hecho ocurrido en ese proceso con
posterioridad a la presentación de la demanda por parte de la Comisión Interamericana;
b) la naturaleza jurídica, procedimiento y posibles consecuencias de un eventual proceso ante la Alta
Corte de Justicia la normativa aplicable y eventuales sanciones; si tal proceso ya fue iniciado o está
por iniciar respecto del señor Neptune, así como los posibles efectos del mismo respecto del
proceso penal seguido en su contra; y
c) el estado actual de cualquier investigación judicial o administrativa o cualquier procedimiento, de
cualquier naturaleza, abierto a nivel interno, en relación con los hechos del presente caso.
29
Se solicitó a las partes que, a más tardar el 10 de enero de 2008, remitieran copias de los
documentos relativos a la investigación y proceso judicial llevados a nivel interno, en particular el texto
integral y oficial de la sentencia de 13 de abril de 2007 de la Corte de Apelaciones de Gonaïves; copias de
las leyes y reglamentos aplicados y aplicables en el presente caso, en particular el Código de Instrucción
Criminal, el Código Penal y la Constitución de la República de Haití. En el plazo señalado, el representante
remitió el texto no oficial de dicha sentencia de la Corte de Apelaciones y la Comisión remitió copias de los
códigos y Constitución solicitados. El 29 de enero de 2008 el Estado presentó copia del texto manuscrito
oficial de la decisión de 13 de abril de 2007 de la Corte de Apelaciones de Gonaïves y, además, del texto de
la Ordonnance de clôture (“auto de cierre de instrucción") de 14 de septiembre de 2005 del Tribunal de
Primera Instancia de Saint-Marc.
30
En la audiencia estuvieron presentes las siguientes personas: señor Yvon Neptune, presunta
víctima y declarante; señor Mario Joseph, declarante a título informativo; por la Comisión Interamericana: la
señora Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta, y el señor Juan Pablo Albán Alencastro, asesor;
por los representantes de la presunta víctima: el señor Brian Concannon Jr. y la señora Pooja Bhatia,
asistente; y por el Estado, los señores Fortuné Dorléan, Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Haití, y Jean Frédérique Benèche, miembro del Gabinete del Ministro de Justicia de
Haití.
31
Las preguntas fueron las siguientes:
- En el caso de una decisión de justicia que no ha sido notificada, ¿puede ésta considerarse como
notificada en el derecho haitiano si una de las partes la utiliza o la invoca en el curso de un proceso?
- En virtud de lo expresado por el Estado en la audiencia, ¿qué garantías puede dar el Estado para
asegurar que ya no habrá proceso de carácter penal u otro en contra del señor Neptune?
32
En razón de que el representante presentó un affidávit del señor Mario Joseph, en respuesta a las
preguntas señaladas, siguiendo instrucciones de la Presidenta se informó al Estado y a la Comisión que
podían presentar observaciones a más tardar el 7 de marzo de 2008. El Estado presentó observaciones y,
luego de otorgada una prórroga, la Comisión manifestó que no tenía observaciones al respecto.
33
Se informó a las partes que, a más tardar el 26 de marzo de 2007, remitieran las observaciones
que estimaren pertinentes, en caso de tenerlas, respecto de la incorporación al expediente de los siguientes
documentos: Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe anual 2006, OEA/Ser.L/V/II.127, 3
de marzo de 2007, Capítulo IV – Haití; Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe anual
2005, OEA/Ser.L/V/II.124, 27 febrero 2006, Capítulo IV – Haití; Naciones Unidas, Consejo Económico y
Social. Informe sobre la situación de los derechos humanos en Haití presentado por el Experto
Independiente Sr. Adama Dieng, E/CN.4/2001/106, 30 de enero de 2001; Naciones Unidas, Consejo
Económico y Social. Informe sobre la situación de los derechos humanos en Haití presentado por el Experto
Independiente Sr. Louis Joinet, E/CN.4/2004/108, 21 de enero de 2004; Naciones Unidas, Consejo
Económico y Social. Informe sobre la situación de los derechos humanos en Haití presentado por el Experto
Independiente Sr. Louis Joinet, E/CN.4/2006/115, 26 de enero de 2006; Naciones Unidas, Asamblea