(1) vez en el canal 8 del Estado, Televisión Nacional de Honduras, la cual será comunicada con antelación a la transmisión para la atención de los familiares y sus representantes”. 93. La Corte homologa la presente medida en los términos acordados por las partes, dada la importancia de la reivindicación de la memoria y dignidad del señor Escaleras Mejía. A fin de hacer efectiva la medida de reparación, teniendo en consideración que el documental ya fue elaborado, la presente medida debe ser cumplida dentro del término de seis meses desde la notificación de esta Sentencia. 2. Talleres de educación ambiental 94. En el Acuerdo, bajo el acápite de “Medidas de satisfacción”, el Estado se comprometió a que, por medio del Departamento de Educación, Comunicación, Ambiente y Salud (DECOAS), “continuará implementando el proceso de capacitación en temáticas ambientales a docentes del área de secundaria, hasta culminar el año 2018”. Manifestaron que el objetivo de ello “es que los docentes, a su vez, puedan aplicar en las aulas, las Guías Metodológicas de Gestión de Riesgo y Educación Ambiental, cumpliendo con la planificación de estas capacitaciones por el plazo acordado, de la manera que ya se ha estado haciendo”. Además, “el Estado presentará un informe que indique la cantidad de docentes formados y las regiones a las que pertenecen, la metodología utilizada para impartir las capacitaciones, la duración de las mismas, y un informe sobre los resultados obtenidos”. Finalmente, Honduras “se compromete a proveer la suficiente dotación financiera para asegurar el desarrollo de las capacitaciones hasta finalizar el año 2018”. 95. La Corte valora positivamente la realización de los talleres de educación ambiental, lo que constituye una forma de reivindicación de la causa ambiental a la que se vinculaba la labor de defensa de derechos humanos de Carlos Escaleras Mejía. En atención a lo anterior, homologa la presente medida en los términos acordados por las partes. El informe al que se hace referencia en el párrafo anterior deberá ser remitido dentro del término de seis meses una vez finalizadas las referidas capacitaciones. 3. Fideicomiso 96. Bajo el acápite de “Medidas de satisfacción” del Acuerdo de solución amistosa, el Estado y los representantes hicieron presente que “[p]ara garantizar la educación secundaria y universitaria de los jóvenes hijos de Carlos Escaleras[:] Marta Agripina y Douglas Arnaldo Escaleras Alvarenga”, el Estado hondureño creó un fideicomiso por un monto de 30,000 dólares americanos, el que fue firmado con fecha 28 de septiembre de 2017 por la Procuraduría General de la República y ambos hijos de Carlos Escaleras Mejía como fideicomitentes, y el Banco de Desarrollo Rural como fiduciario. El Estado se comprometió a cumplir los términos pactados en el citado fideicomiso, que forman parte integral del Acuerdo. 97. La Corte valora positivamente el compromiso asumido por Honduras dirigido a que las víctimas Martha Agripina y Douglas Arnaldo, ambos de apellidos Escaleras Alvarenga, puedan recibir educación tanto a nivel secundario como universitario, y homologa dicha medida en los términos acordados por las partes. -26-

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