444. Dentro de los hechos acreditados, la Corte Suprema de Justicia concluyó que la conducta
del acusado había incluido acciones ilegales, en el marco de operaciones del G3, respecto de
integrantes del CAJAR (algunos apartados del fallo fueron destacados previamente por este
Tribunal, supra párrs. 319, 321 y 347).
G.2.6. Radicado No. 2293-6
445. El 21 de julio de 2021 el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá dictó
Sentencia contra cuatro exfuncionarios del DAS por el delito de concierto para delinquir
agravado543, por lo que les impuso la pena de 72 meses de prisión (la decisión absolvió a otras
cinco personas). En el fallo se acreditó, entre otras cosas, la existencia y funcionamiento del
G3, cuyo fin era “recolectar la mayor cantidad de información posible de los opositores del
gobierno [entre los que figuraba el CAJAR], a través de interceptaciones, vigilancias y
seguimientos, para posteriormente tratar de reducir su actuar por medio de amenazas y
hostigamientos”544.
446. La Corte no cuenta con información acerca de impugnaciones promovidas contra el fallo.
G.2.7. Procedimiento ante la Comisión de Investigación y Acusación de la
Cámara de Representantes
447. La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes inició “de
oficio” una indagación por la “posible intervención” del expresidente Álvaro Uribe Vélez en los
hechos de interceptaciones ilegales de comunicaciones por parte de funcionarios del DAS. En
el curso de las actuaciones, entre otras diligencias ordenadas, el 1 de junio de 2011, ante la
solicitud del exfuncionario, se dispuso escucharlo “en versión libre”545. La diligencia fue
programada para el 16 de junio del mismo año; sin embargo, fue suspendida por una
recusación promovida contra miembros de la Comisión de Investigación y Acusación. La
recusación fue planteada por el abogado Luis Guillermo Pérez Casas, apoderado de partes
civiles reconocidas, entre las que figura el Colectivo546. A la postre, la diligencia se llevó a cabo
En la Sentencia se indicó que, mediante Autos de 8 de octubre y 27 de noviembre de 2013, se declaró la
prescripción por extinción de la acción penal por los delitos de violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de
equipos transmisores y receptores y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, en favor de los acusados. Cfr.
Sentencia del Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá de 21 de julio de 2021, radicado No. 2293-6
(expediente de prueba, tomo XLI, anexos a los alegatos finales escritos del Estado, folio 46815).
544
Cfr. Sentencia del Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá de 21 de julio de 2021, radicado
No. 2293-6 (expediente de prueba, tomo XLI, anexos a los alegatos finales escritos del Estado, folio 46885). Durante
el trámite ante la Comisión Interamericana, el Estado informó que el 9 de agosto de 2011 el Juzgado Sexto
Especializado del Circuito Penal de Bogotá emitió Sentencia condenatoria contra dos funcionarios del DAS por los
delitos de concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de equipos
transmisores o receptores y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto, por lo que les impuso la pena de 73
meses de prisión. El fallo fue confirmado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 27
de septiembre de 2012 Cfr. Comunicación del Estado de 23 de enero de 2015, presentada ante la Comisión
(expediente de prueba, tomo VI, expediente de trámite ante la Comisión, folio 20346). La Corte no cuenta con la
documentación que corrobore las decisiones y que permita verificar que estas tienen relación con las actividades de
inteligencia desplegadas respecto del CAJAR y sus integrantes.
545
Cfr. Auto de 1 de junio de 2011, dictado por la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de
Representantes, expediente No. 3086 (expediente de prueba, tomo XLIII, anexo al escrito del Estado de 22 de mayo
de 2023, folios 47937 y 47938).
546
Cfr. Acta de diligencia de 16 de junio de 2011 ante la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de
Representantes (expediente de prueba, tomo XLIII, anexo al escrito del Estado de 22 de mayo de 2023, folio 47939).
543
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