destacó que “[e]n el contexto […] de polarización y confrontación entre funcionarios del
Gobierno y miembros de organizaciones no gubernamentales, se recrudecieron las amenazas
y la estigmatización de defensores y defensoras”130.
147. Para 2009, se hizo patente la preocupación ante información que corroboraba “que el
DAS […] había estado desarrollando, por lo menos desde 2003 y de manera generalizada y
sistemática, una serie de actividades ilegales dirigidas” contra defensores y defensoras, entre
otras personas, a fin de “neutralizar [sus] labores”, al considerarlas “blancos legítimos”, “por
ser potenciales opositoras de las políticas gubernamentales”131. Según OACNUDH, “algunos
miembros de la Fuerza Pública [habían] continua[do] utilizando las facultades de inteligencia
del Estado para desarrollar operaciones ilegales y clandestinas”132.
148. Con motivo de su visita a Colombia en septiembre de 2009, la entonces Relatora Especial
sobre la situación de los defensores de los derechos humanos expresó su preocupación “por
el fenómeno generalizado de las amenazas proferidas” contra dichas personas y sus familias,
y añadió que las amenazas “genera[ba]n un clima de terror en la comunidad de los defensores
[…] y obstaculiza[ba]n su labor”. La Relatora Especial calificó como “tema fundamental en
Colombia” la estigmatización de las personas defensoras. Resaltó que “[l]a impunidad” ante
los actos de violencia perpetrados contra dichas personas “contribu[ía] considerablemente a
su inseguridad”. En cuanto a las mujeres defensoras de derechos humanos, indicó:
[L]as defensoras de los derechos humanos son las personas más expuestas al acoso y la persecución.
[…] Conviene subrayar la dimensión de género de los ataques, amenazas, insultos y prácticas
humillantes sufridos por las defensoras de los derechos humanos en Colombia133.
149. Por su parte, la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados,
en el informe emitido luego de su visita a Colombia en diciembre de 2009, resaltó que
“[a]bogados penalistas denunciaron varios casos de intimidación y amenazas”, quienes
“[a]firmaron que no e[ra] infrecuente la acusación, generalmente infundada, de ser miembros
de organizaciones guerrilleras o estar vinculados a ellas”134.
A.1.3. La situación a partir de la década de 2010
2 y 5, e Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los
derechos humanos en Colombia, U.N. Doc. A/HRC/7/39, 28 de febrero de 2008, párrs. 60 a 63. Véase, Comisión de
Derechos Humanos, Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, misión a Colombia,
U.N. Doc. E/CN.4/2006/56/Add.1, 17 de enero de 2006, párr. 82.
130
Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, U.N. Doc. A/HRC/10/32, 9 de marzo de 2009,
párrs. 75 a 79. La protección de las personas defensoras en Colombia y la necesidad de implementar medidas para
evitar su estigmatización también fueron temas abordados durante el examen periódico universal desarrollado en
2008. Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal:
Colombia, U.N. Doc. A/HRC/10/82, 9 de enero de 2009, párr. 87.
131
Véase, Consejo de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho
a la libertad de opinión y de expresión, Sr. Frank La Rue, resumen de los casos transmitidos a los gobiernos y las
respuestas recibidas, U.N. Doc. A/HRC/14/23/Add.1, 1 de junio de 2010, párr. 521.
132
Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, U.N. Doc. A/HRC/13/72, 4 de marzo de 2010,
párrs. 14, 18, 22 y 29.
133
Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los
derechos humanos, Sra. Margaret Sekaggya, misión a Colombia, U.N. Doc. A/HRC/13/22/Add.3, 1 de marzo de 2010,
párrs. 14, 15, 31, 62, 87, 105 y 120. Véase, Consejo de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre
ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Sr. Philip Alston, misión a Colombia, U.N. Doc.
A/HRC/14/24/Add.2, 31 de marzo de 2010, párrs. 74 y 75.
134
Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados
y abogados, Sra. Gabriela Carina Knaul de Albuquerque e Silva, misión a Colombia, U.N. Doc. A/HRC/14/26/Add.2,
16 de abril de 2010, párrs. 55, 66 y 67.
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