investigaciones ante la Fiscalía General de la Nación, las que se encuentran en etapa de
indagación preliminar (infra párrs. 399 y 400).
234. Por los hechos anteriores, la abogada Gutiérrez Argüello y su hija se vieron obligadas a
abandonar en dos oportunidades su residencia por un tiempo. La primera vez, por un lapso
de ocho meses, ocasión en la que, al regresar a su casa por efectos personales, la abogada
pudo evidenciar que agentes del DAS la fotografiaban (infra párr. 328)244. Con posterioridad,
la señora Gutiérrez Argüello salió temporalmente del país con su familia ante el temor de un
ataque inminente245.
235. El 27 de octubre de 2014 la señora Gutiérrez Argüello fue fotografiada saliendo del
edificio donde se ubica la sede del Colectivo, en la ciudad de Bogotá246.
236. El 6 de febrero de 2015, cuando la abogada Gutiérrez Argüello intervenía en una
audiencia pública en el marco de un proceso seguido por el asesinato de un líder sindical, uno
de los testigos que declaraba la hostigó, por lo que ella decidió retirarse de la diligencia. Con
posterioridad, el 8 de febrero del mismo año, recibió una llamada en la que preguntaban por
“Francisco”, nombre que correspondía con el agente de inteligencia acusado por el asesinato
del líder sindical247.
237. El 15 de junio de 2017, durante el desarrollo de una audiencia judicial en la que
intervenía la señora Yessika Hoyos Morales, en calidad de víctima, y la señora Gutiérrez
Argüello, como representante de las víctimas, advirtieron la presencia de personas extrañas
con actitud intimidatoria tomando fotografías a los asistentes a la diligencia248.
238. Conforme a la información brindada, el 6 de julio de 2017 se celebró una audiencia
pública en el trámite de un proceso ante la Corte Constitucional. En dicha oportunidad, en la
que participaba la abogada Gutiérrez Argüello, el representante de ACORE “se refirió
ajenas a la organización publicaron avisos clasificados en periódicos de circulación nacional cuyo fin era
amenazar a sus miembros. El primer anuncio solicitaba abogados, psicólogos, sociólogos, y otros
profesionales […]. Según los defensores, lo que se quería dar a entender era que los actuales miembros
de la organización podrían ser víctimas de atentados, con lo cual se generarían vacantes.
Cfr. CIDH. Informe anual 2005, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 7, 27 de febrero de 2006, capítulo IV, párrs. 36 y 37.
Véase, CIDH. Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas,
OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, 7 de marzo de 2006, párr. 159. Por su parte, en su oportunidad OACNUDH indicó:
[D]urante los años 2004 y 2005, en el seno del Grupo Especial de Inteligencia G-3, perteneciente al
DAS, se ordenaron y realizaron operaciones como la descrita a continuación para provocar temor en
las víctimas y que desistieran de sus actividades. En 2005 una abogada y defensora de derechos
humanos recibió en su residencia un paquete con una caja que decía “Para mi hija querida” con una
muñeca y una nota: “Usted tiene una familia muy linda cuídela no la sacrifique”. La muñeca tenía la
cabeza y un brazo separados del cuerpo, una pierna rota y la ropa rasgada. La muñeca presentaba
también la zona pélvica pintada con esmalte de uñas de color rojo, imitando sangre, y tenía una cruz
en el pecho, con quemaduras de cigarrillo en un brazo, en la espalda y en los ojos.
Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, U.N. Doc. A/HRC/13/72, 4 de marzo de 2010,
Anexo “Casos ilustrativos de violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario”.
244
En el informe anual de 2005 OACNUDH destacó “las denuncias de amenazas de muerte en contra de la Presidenta
del [CAJAR] y su familia”. Cfr. Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, U.N. Doc.
E/CN.4/2006/9, 20 de enero de 2006, párr. 83.
245
Cfr. Comunicación de los peticionarios de 20 de diciembre de 2013, presentada ante la Comisión (expediente
de prueba, tomo VI, expediente de trámite ante la Comisión, folios 13146 y 13147).
246
Cfr. Comunicación de los peticionarios de 12 de enero de 2015, presentada ante la Comisión (expediente de
prueba, tomo V, expediente virtual de medidas cautelares ante la Comisión, folio 12551).
247
Cfr. Comunicación de 23 de febrero de 2015, dirigida por el CAJAR al Presidente de la República (expediente
de prueba, tomo III, anexo al Informe de Fondo, folios 6772 y 6773).
248
Cfr. Comunicación de los peticionarios de 24 de julio de 2017, presentada ante la Comisión (expediente de
prueba, tomo V, expediente virtual de medidas cautelares ante la Comisión, folio 12782).
68