investigaciones ante la Fiscalía General de la Nación, las que se encuentran en etapa de indagación preliminar (infra párrs. 399 y 400). 234. Por los hechos anteriores, la abogada Gutiérrez Argüello y su hija se vieron obligadas a abandonar en dos oportunidades su residencia por un tiempo. La primera vez, por un lapso de ocho meses, ocasión en la que, al regresar a su casa por efectos personales, la abogada pudo evidenciar que agentes del DAS la fotografiaban (infra párr. 328)244. Con posterioridad, la señora Gutiérrez Argüello salió temporalmente del país con su familia ante el temor de un ataque inminente245. 235. El 27 de octubre de 2014 la señora Gutiérrez Argüello fue fotografiada saliendo del edificio donde se ubica la sede del Colectivo, en la ciudad de Bogotá246. 236. El 6 de febrero de 2015, cuando la abogada Gutiérrez Argüello intervenía en una audiencia pública en el marco de un proceso seguido por el asesinato de un líder sindical, uno de los testigos que declaraba la hostigó, por lo que ella decidió retirarse de la diligencia. Con posterioridad, el 8 de febrero del mismo año, recibió una llamada en la que preguntaban por “Francisco”, nombre que correspondía con el agente de inteligencia acusado por el asesinato del líder sindical247. 237. El 15 de junio de 2017, durante el desarrollo de una audiencia judicial en la que intervenía la señora Yessika Hoyos Morales, en calidad de víctima, y la señora Gutiérrez Argüello, como representante de las víctimas, advirtieron la presencia de personas extrañas con actitud intimidatoria tomando fotografías a los asistentes a la diligencia248. 238. Conforme a la información brindada, el 6 de julio de 2017 se celebró una audiencia pública en el trámite de un proceso ante la Corte Constitucional. En dicha oportunidad, en la que participaba la abogada Gutiérrez Argüello, el representante de ACORE “se refirió ajenas a la organización publicaron avisos clasificados en periódicos de circulación nacional cuyo fin era amenazar a sus miembros. El primer anuncio solicitaba abogados, psicólogos, sociólogos, y otros profesionales […]. Según los defensores, lo que se quería dar a entender era que los actuales miembros de la organización podrían ser víctimas de atentados, con lo cual se generarían vacantes. Cfr. CIDH. Informe anual 2005, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 7, 27 de febrero de 2006, capítulo IV, párrs. 36 y 37. Véase, CIDH. Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, 7 de marzo de 2006, párr. 159. Por su parte, en su oportunidad OACNUDH indicó: [D]urante los años 2004 y 2005, en el seno del Grupo Especial de Inteligencia G-3, perteneciente al DAS, se ordenaron y realizaron operaciones como la descrita a continuación para provocar temor en las víctimas y que desistieran de sus actividades. En 2005 una abogada y defensora de derechos humanos recibió en su residencia un paquete con una caja que decía “Para mi hija querida” con una muñeca y una nota: “Usted tiene una familia muy linda cuídela no la sacrifique”. La muñeca tenía la cabeza y un brazo separados del cuerpo, una pierna rota y la ropa rasgada. La muñeca presentaba también la zona pélvica pintada con esmalte de uñas de color rojo, imitando sangre, y tenía una cruz en el pecho, con quemaduras de cigarrillo en un brazo, en la espalda y en los ojos. Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, U.N. Doc. A/HRC/13/72, 4 de marzo de 2010, Anexo “Casos ilustrativos de violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario”. 244 En el informe anual de 2005 OACNUDH destacó “las denuncias de amenazas de muerte en contra de la Presidenta del [CAJAR] y su familia”. Cfr. Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, U.N. Doc. E/CN.4/2006/9, 20 de enero de 2006, párr. 83. 245 Cfr. Comunicación de los peticionarios de 20 de diciembre de 2013, presentada ante la Comisión (expediente de prueba, tomo VI, expediente de trámite ante la Comisión, folios 13146 y 13147). 246 Cfr. Comunicación de los peticionarios de 12 de enero de 2015, presentada ante la Comisión (expediente de prueba, tomo V, expediente virtual de medidas cautelares ante la Comisión, folio 12551). 247 Cfr. Comunicación de 23 de febrero de 2015, dirigida por el CAJAR al Presidente de la República (expediente de prueba, tomo III, anexo al Informe de Fondo, folios 6772 y 6773). 248 Cfr. Comunicación de los peticionarios de 24 de julio de 2017, presentada ante la Comisión (expediente de prueba, tomo V, expediente virtual de medidas cautelares ante la Comisión, folio 12782). 68

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