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de la acción traumática de un cuerpo contundente duro y estropeos”, que
“determina[ron]”, en relación:
a) con el señor Revelles, “una enfermedad e incapacidad física no mayor de tres
días a contarse de la fecha de su producción, pero […] también […] traumas
psicológicos impactantes”;
b) con el señor Herrera Espinoza, “una enfermedad e incapacidad física mayor de
cuatro sin exceder de ocho días”;
c) con el señor Cano, “una enfermedad e incapacidad física de tres días […] además
del trauma psicológico que aparece y [per]dura”, y
d) con el señor Jaramillo González, “una enfermedad e incapacidad física no mayor
de tres días, a contarse de la fecha de su producción”, siendo las lesiones “dolorosas
y estresantes”.
93.
Además, en sus “testimonios indagatorios” (supra párr. 63):
a) el señor Revelles afirmó que recibió “golpes”, y que “cuando fu[e] detenido [fue]
lle[v]ado [a un] lugar […] con los ojos vendados[, y que] infringi[é]ndo[le] malos
tratos tanto físicos como [p]sicológicos [le] hicieron firmar [un documento]”;
b) el señor Herrera Espinoza dijo que “los hechos narrados por los investigadores
de INTERPOL […resultan] apartados de la verdad”, que él “[se] limit[ó] únicamente
a suscribir la exposición que ellos iban elaborando”, que recibió “toda clase de
maltratos físicos”, que “fu[e] abofeteado en presencia del señor fiscal” y que no
tuvo “otra alternativa que aceptar todo el contenido del escrito”;
c) el señor Cano aseveró que su “declaración [dada en] la Interpol” es “totalmente
fals[a], puesto que se v[ió] forzado a firmar[la…] por tortura tanto física como
[p]sicológica”, que “[lo] golpearon en todas las partes de [su] cuerpo[, … que] le
pusieron una pistola en la cien y [le] decían que […] e[ra] fácil matar[lo] y luego
la pierna derecha, vemos una zona equimótica amarillenta, levemente perceptible de dos y medio centímetros
de diámetro. Todas estas lesiones se encuentran en proceso final de reabsorción”. Del siguiente modo fueron
señaladas las lesiones del señor Herrera Espinoza: “el párpado inferior derecho se encuentra equimótico, de
[c]olor amoratado; se queja [de dolor] de tórax, se queja de dolor en el lado derecho del mentón; en la región
lateral derecha del tórax, yendo de arriba hacia abajo, hay cuatro zonas equimóticas por contusión, de
coloración verde amarillenta que respectivamente miden cinco por dos 4 y ½ por 3- 2 y ½ y 1 por ½ y 3 por 3
centímetros en sus mayores dimensiones; en la región lateral izquierda del tórax, vemos dos zonas equimóticas
amarillentas de cuatro por dos y tres por uno y medio centímetr[os] en sus mayores dimensiones; en la
articulación del codo derecho, en su cara poster[ior] externa hay una zona contusionada, equimótica de
coloración amoratada de siete por tres centímetros en sus mayores dimensiones, desde el tercio superior del
antebrazo derecho en su cara anterior, hasta el tercio inferior se extiende una zona equimótica violácea de
catorce por cinco centímetros en sus mayores dimensiones y que se hallan dolorosas a la palpación; en el tercio
superior del muslo izquierdo, cara posterior hay una equimosis de seis por tres centímetros en sus mayores
dimensiones; en la pierna derecha cara anterior, vemos dos excoriaciones cicatrizadas; cuyas costras se está[n]
desprendiendo de medio y un centímetro de diámetro respectivamente”. Las lesiones del señor Cano fueron
referidas del siguiente modo: “en el hemitorax posterior derecho hay una zona equimótica amoratada de dos
centímetros de diámetro; en la región lateral derecha del tórax hay cuatro zonas equimóticas amoratadas, dos
redondeadas de dos y tres centímetros de diámetro respectivamente y las otras dos alargadas, horizontales de
cuatro o por uno y medio y de tres por un centímetros en sus mayores dimensiones respectivamente; en la
región lateral izquierda del tórax hay una zona equimótica violácea de cuatro por tres centímetros en sus
mayores dimensiones; en el flanco derecho del abdomen se ve una equimosis amoratada de dos centímetros de
diámetro que está dolorosa a la palpación”. Las lesiones del señor Jaramillo González fueron referidas de la
siguiente manera: “en la región malar izquierda hay una excoriación cicatrizada, redondeada, de un centímetro
de diámetro, cuya costra se está desprendiendo; en la región supra espinosa derecha hay una zona equimótica
amarillenta de siete por cuatro centímetros en sus mayores dimensiones; desde la altura de la primera vértebra
dorsal hacia abajo, dirigiéndose a la derecha del tórax vemos otra zona equimótica amarillenta alargada de
diecisiete por tres centímetros en sus mayores dimensiones; en la región escapular izquierda vemos otra zona
equimótica levemente amarillenta de cinco por tres centímetros en sus mayores dimensiones; en la región
lateral derecha del tórax vemos dos zonas equimóticas redondeadas, de tres centímetros de diámetro cada una
y otra alargada de dos y medio por un centímetro en sus mayores dimensiones, todas ellas de coloración
levemente amarillenta. Acusa dolor a la palpación profunda en la región lateral izquierda del tórax, sin
constatarse huella traumática exterior apreciable. Las lesiones descritas se hallan en proceso final de
reabsorción”.