50 otros miembros de su familia, Ulises Cantoral Huamaní asumió un rol preponderante en el seguimiento de las investigaciones iniciadas en el ámbito interno durante los 18 años transcurridos. La Corte nota que por haber asumido el rol de seguimiento de las investigaciones, Ulises Cantoral Huamaní tuvo además que alejarse de su familia126. 182. Asimismo, conforme la Corte lo ha advertido (supra párr. 115) Gertrudis Victoria Cantoral Huamaní, quien estaba embarazada al momento de los hechos, fue golpeada en su casa por desconocidos que irrumpieron en su domicilio y la intimaron sobre las gestiones relativas a la investigación que su hermano Ulises Cantoral Huamaní llevaba adelante127. Respecto de Eloy Cantoral Huamaní, la Corte observa que al momento de la muerte de Saúl Cantoral Huamaní se encontraba estudiando fuera del país, y que al regresar al Perú por el fallecimiento de su madre sufrió una tentativa de secuestro. La Corte observa además que dicho familiar fue víctima de un asalto a su hogar y que Ulises Cantoral Huamaní refirió que en tal oportunidad fue sustraído el archivo del caso de su hermano128. 183. Este Tribunal reconoce tales circunstancias y establece para cada una de las personas mencionadas en los párrafos 181 y 182 una suma adicional de US$ 5,000.00 (cinco mil dólares de los Estados Unidos de América). 184. El Estado deberá efectuar el pago de las indemnizaciones por concepto de daño inmaterial dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de la presente Sentencia. * * * 185. De acuerdo a lo expuesto en los párrafos precedentes, los montos totales de las indemnizaciones fijadas por la Corte por concepto de daño material e inmaterial son los siguientes: Beneficiarios Monto Saúl Isaac Cantoral Huamaní US$ 72.500,00 Consuelo Trinidad García Santa Cruz US$ 68.000,00 Familiares de Saúl Cantoral Huamaní Pelagia Mélida Contreras Montoya de Cantoral (esposa) US$ 31.000,00 Elisa Huamaní Infanzón (madre, fallecida) US$ 20.000,00 Patrocinio Cantoral Contreras (padre, fallecido) US$ 20.000,00 126 Cfr. declaración jurada escrita rendida por Vanessa Cantoral Contreras (expediente de excepción preliminar, fondo y eventuales reparaciones y costas, folios 384 y 385). 127 Cfr. peritaje escrito rendido por Roberto Alfonso Gushiken Miyagui el 11 de enero de 2007 (expediente de excepción preliminar, fondo y eventuales reparaciones y costas, folio 434. 128 Cfr. declaración testimonial de Ulises Cantoral Huamaní rendido en la audiencia pública de 23 de enero de 2007 ante la Corte Interamericana.

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