-1113.
Informar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado que al
término de la declaración rendida en la audiencia pública, podrán presentar ante el
Tribunal sus observaciones finales orales y alegatos finales orales, respectivamente,
sobre el fondo y eventuales reparaciones.
14.
Solicitar a la Secretaría de la Corte que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 55.3 del Reglamento, remita a la Comisión Interamericana, a los
representantes y al Estado una copia de la grabación de la audiencia pública sobre el
fondo y eventuales reparaciones, dentro de los 15 días siguientes a su celebración.
15.
Informar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado que
cuentan con un plazo hasta el 25 de octubre de 2010 para presentar sus
observaciones finales escritas y alegatos finales escritos, respectivamente, en relación
con el fondo y eventuales reparaciones en este caso. Este plazo es improrrogable e
independiente de la remisión de la copia de la grabación de la audiencia pública.
16.
Solicitar a la Secretaría de la Corte Interamericana que notifique la presente
Resolución a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado.
Diego García Sayán
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Diego García Sayán
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario