16
desde que la Inspectoría General de Juzgados y Tribunales tomó conocimiento de los hechos62. Dicho
recurso fue declarado inadmisible por la Dirección el 8 de abril de 201063.
55.
Como parte de las pruebas señaladas por el juez López Lone en la audiencia ante la
Dirección de Personal se hizo referencia a un comunicado emitido desde la Jefatura de Personal del
Poder Judicial el 30 de junio de 2009, según el cual el Presidente de la CSJ habría invitado a los
funcionarios a una marcha que podía interpretarse en apoyo al gobierno de facto64. En el marco de las
investigaciones disciplinarias se llegó a la conclusión de que la difusión de este comunicado fue un error,
no tuvo efecto alguno en sus destinatarios y no era vinculatoria por lo que no había “méritos para iniciar
procedimiento disciplinario”65.
56.
El 20 de abril de 2010 la Dirección de Administración de Personal recomendó a la Corte
Suprema destituir al juez López sin responsabilidad para la institución66. En el expediente aparece una
resolución de 5 de mayo de 2010 firmada por el Presidente de la CSJ y su Secretaria67. En dicha
resolución se indica que “se encuentra debidamente acreditado que [el juez López] incurrió en
incumplimiento de los deberes de su cargo, al haber participado activamente en la manifestación
política realizada el día cinco de julio del año dos mil nueve”, hecho que viola lo dispuesto en el artículo
319 de la Constitución, el artículo 3(6) de la Ley de Organización y Atribución de los Tribunales, y el
artículo 1(d) del Código de Ética para los Funcionarios y Empleados Judiciales68. También se indicó que
“ningún juez puede alegar que tiene derecho a participar en el debate político nacional como cualquier
ciudadano, precisamente porque los jueces no son cualquier persona…” y que los funcionarios públicos
están expuestos en un grado mayor al escrutinio y la crítica del público. Finalmente, se indicó que al
haber indicado en el formulario de reclamación para gastos médicos que se lesionó la pierna “cuando
62
Anexo 15. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal Incidente de solicitud de
prescripción. Solicitud de prescripción presentada por Guillermo López Lone ante la Dirección de Administración de Personal de
la CSJ. 9 de marzo de 2010. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.
63
Anexo 15. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal Incidente de solicitud de
prescripción. Dirección de Administración de Personal de la Carrera Judicial. Resolución de 8 de abril de 2010. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.
64
Anexo 13. Poder Judicial. República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Expediente No. 1912009. Denuncia 268-IGJT-PJ-2006. Denuncia 268-IGJT-PJ-2006. Dirección de Administración de Personal de la Carrera Judicial.
Audiencia de Descargo # 172-2009. 3 de diciembre de 2009. Folios 67-75. Jefatura de Personal de la Dirección de
Administración de Personal. Poder Judicial. Comunicado de 30 de junio de 2009. Folio 91. Anexos a la comunicación de los
peticionarios de 20 de enero de 2011.
65
Anexo 16. CSJ. Consejo de la Carrera Judicial. Certificación, Expediente No. 3077. Inspectoría General de Juzgados y
Tribunales. 14 de junio de 2010. Folio 317. Anexo a la comunicación del Estado de 25 de junio de 2012 recibido el 2 de julio de
2012. Ver también Anexo 1. Procuraduría General de la República Oficio No. SP-A-90-2012 de 25 de junio de 2012. Anexo a la
nota de la Secretaría de Relaciones Exteriores de la República de Honduras No. 757/DGAE/012 de 26 de julio de 2012.
66
Anexo 13. Poder Judicial. República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Expediente No. 1912009. Denuncia 268-IGJT-PJ-2006. Dirección de la Administración de Personal. 20 de abril de 2010. Resolución 172-2010. Folios
110-113. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.
67
Anexo 16. CSJ. Consejo de la Carrera Judicial. Expediente No. 3077. CSJ. Resolución de 5 de mayo de 2010. Folios
291-294. Anexo al escrito del Estado de 25 de junio de 2012 recibidos el 2 de julio de 2012.
68
Anexo 16. CSJ. Consejo de la Carrera Judicial. Expediente No. 3077. CSJ. Resolución de 5 de mayo de 2010. Folios
291-294. Anexo al escrito del Estado de 25 de junio de 2012 recibidos el 2 de julio de 2012.