28
86.
El 20 de octubre de 2009 la Dirección de Administración de Personal de la Carrera
Judicial citó a la magistrada Flores para comparecer ante la misma Dirección a fin de responder a los
cargos disciplinarios141. El 25 de noviembre de 2009 la magistrada recibió una citación que indicaba las
causas de su presunta responsabilidad administrativa, las cuales eran ausentarse de su despacho judicial
el 30 de junio de 2009 sin permiso, realizar actos de procuración que resultaban incompatibles con el
desempeño de su cargo, señalar sus oficinas como el lugar para recibir notificaciones, y presentar una
denuncia contra funcionarios del Estado a la Fiscalía por la supuesta comisión de delitos142. En su
respuesta a la cédula de notificación, la magistrada Flores informó al Director de Administración de
Personal que había solicitado copia del expediente contentivo del amparo a fin de preparar su
defensa143.
87.
El 7 de enero de 2010 la magistrada Flores compareció ante la Dirección de
Administración de Personal donde indicó que no había solicitado permiso para ausentarse de su
despacho cuando presentó la acción de amparo el 30 de junio de 2009 por su “estado de angustia e
incertidumbre en ese momento” en vista del rompimiento del orden constitucional, agregando que
tampoco había audiencias programadas en la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula en esa fecha. Con
respecto a los presuntos actos de procuración, señaló haber interpuesto la acción de amparo como
defensora de derechos humanos, facultad que la ley otorga a “cualquier persona natural o jurídica”, y
mantuvo que la solicitud de nulidad presentada no constituye un acto de procuración, “pues es una
gestión realizada dentro del trámite de una acción de amparo”. Sostuvo haber señalado su dirección
laboral para recibir notificaciones en otra ocasión en 2008, cuando interpuso un recurso de
inconstitucionalidad, sin que fuera notificada de que era inapropiada. En lo referente a la denuncia
penal interpuesta en contra de funcionarios estatales, indicó que también lo hizo en calidad de
defensora de derechos humanos. Indicó que el proceso es una persecución que afecta sus derechos a la
libertad de expresión, opinión, reunión y asociación. Finalmente, indicó que la acción para imponer
sanciones disciplinarias había prescrito144.
88.
La Dirección de Administración de Personal ordenó admitir y evacuar la prueba
propuesta por la magistrada Flores145. El 14 de enero de 2010 la magistrada apeló dicha resolución
141
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Resolución de la Dirección de Administración de Personal de la Carrera Judicial. 20 de octubre de
2009. Folios 81-82. Anexos a la comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.
142
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Cédula de Citación. 20 de noviembre de 2009. Folios 84- 85. Anexos a la comunicación de los
peticionarios de 20 de enero de 2011.
143
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Comunicación dirigida a José Antonio Salazar, Director de Administración de Personal, por parte
de Tirza Flores Lanza. 3 de diciembre de 2009 Folio 86; Solicitud de fotocopia de expediente presentada ante la Sala
Constitucional de la CSJ por Tirza Flores Lanza. 3 de diciembre de 2009. Folio 89. Anexos a la comunicación de los peticionarios
de 20 de enero de 2011.
144
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Audiencia de Descargo 04-2010. 7 de enero de 2010. Folios 95 y ss. La magistrada citaba los
artículos 83 de la Ley de la Carrera Judicial, 214 del Reglamento de dicha Ley, y 40 del Código Civil, indicando que la Corte
Suprema había tomado conocimiento de los hechos relevantes entre el 30 de junio y el 9 de septiembre de 2009.
145
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Resolución de la Dirección de Administración de Personal de la Carrera Judicial. 11 de enero de
2010. Folio 106. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.