legales, y los idiomas español y miskito, en los procesos en que sean parte personas miskitas. C.8. Fortalecimiento del sistema educativo de la Moskitia 150. En el Acuerdo, el Estado se comprometió a lo siguiente: El Estado reconoce que el rezago educativo en la Moskitia es una de las fuentes de desigualdad y de pobreza en esa región, lo que orilla a la población a involucrarse en actividades laborales que vulneran su dignidad y ponen en riesgo su integridad y vida. En virtud de ello, el Estado se compromete a que la educación que se imparta en la Moskitia sea gratuita conforme a lo contemplado en la Constitución de la República, asimismo, continuará fortaleciendo el sistema educativo en la zona para lo cual fortalecerá la recién creada Universidad Nacional de Agricultura de Mistruk, de igual forma, gestionará materiales eléctricos que apoyen la sostenibilidad de un proyecto fotovoltaico en la referida universidad. A través de la Secretaría de Educación con el apoyo de la Alianza para el Desarrollo de la Moskitia Hondureña (ADMH), se compromete a gestionar la dotación de fondos para la ampliación del presupuesto del sistema educativo en todo el departamento, hasta asegurar que los centros de enseñanza cuenten con instalaciones adecuadas y con personal educador suficiente y calificado que hable miskito. Asimismo, garantizará que los programas de estudio y los métodos pedagógicos empleados sean pertinentes culturalmente, de buena calidad y estén adaptados a las necesidades de las y los estudiantes en sus contextos culturales y sociales. En ese sentido, dentro de los doce meses siguientes a la firma de este acuerdo, el Estado presentará un plan de acción y un cronograma de las acciones que tomará para lograr el cumplimiento de este compromiso. C.9. Adopción de medidas para garantizar la accesibilidad de todas las instituciones públicas de La Moskitia 151. En el Acuerdo, el Estado se comprometió a lo siguiente: El Estado se compromete a garantizar que todas las instalaciones de las instituciones públicas que se encuentren en la Moskitia sean accesibles para personas con discapacidad, en el sentido referido supra. Para ello, llevará a cabo, en términos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención lnteramericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, todas las modificaciones que resulten necesarias, incluyendo mejoras para lograr un diseño universal de las instalaciones, así como ajustes razonables para garantizar el acceso a los buzos miskitos con discapacidad. Las modificaciones deberán ser llevadas a cabo dentro de los tres años posteriores a la firma del presente acuerdo. Para ello, dentro del plazo de seis meses desde la firma del acuerdo, el Estado deberá presentar un diagnóstico sobre las modificaciones necesarias y un cronograma detallado para llevarlas a cabo, junto con la dotación presupuestaria requerida. Asimismo, el Estado se compromete a que las nuevas instalaciones de las instituciones públicas en la Moskitia, así como sus ampliaciones, remodelaciones o modificaciones, se harán bajo un diseño universal, en los términos establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención lnteramericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad , así como los estándares vigentes derivados de la aplicación de dichos instrumentos por parte de los órganos competentes para su interpretación. 56

Seleccionar párrafo de destino3