34 posición del Estado y que constituye únicamente una reproducción de declaraciones de testigos. Sobre este tema, la CIDH ha sostenido que la influencia de patrones socioculturales discriminatorios puede 174 afectar en forma negativa la investigación de los casos y la valoración de la prueba subsiguiente . La Corte por su parte ha indicado que la creación y uso de estereotipos se convierte en una de las causas y 175 consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer . 144. En audiencia ante la CIDH, la perito Claudia Paz, manifestó que las declaraciones de testigos en continuas oportunidades se refieren con elementos peyorativos y se refieren a la experiencia de la vida de la víctima, con la finalidad de construir una imagen que tiende a culpabilizar a la víctima y su familia de lo ocurrido. Asimismo indicó que no aparece que estos datos sean líneas de investigación. La perito indicó además que “existen particularidades específicas en los casos de violencia contra las mujeres, particularidades tanto culturales como sesgos y rasgos sexistas en la investigación por parte de funcionarios, fiscales y policiales en la generalidad de los casos de violencia contra las mujeres en 176 Guatemala” . 145. En audiencia ante la CIDH, Rosa Elvira Franco manifestó el desinterés de las autoridades para investigar el caso al señalar que “en muchas ocasiones que me presenté a la fiscalía 5 de 32 no encontraban el expediente de María Isabel, sucedía que el oficial fiscal a cargo se daba vuelta en la silla y me daba la espalda y no me atendía hasta buen rato después ni tampoco me decía 177 'espere'. ” Asimismo, obra en el expediente una comunicación de Rosa Elvira Franco en la que relata que aproximadamente la semana anterior del 28 de agosto de 2004, cuando fue a preguntar sobre el avance de las investigaciones, la Auxiliar Fiscal, Sra. Ileana Elizabeth Girón Delgado, “sacó de lo último de una de sus gavetas de su archivo, el expediente de mi hija, y enfrente del que era su jefe, Lic. Luis Morales del Cid, me dijo ‘a su hija la mataron porque era una cualquier, una prostituta’, incluso hizo ademanes con sus hombros y cabeza riéndose de mi hija y de mi dolor. El Lic. Morales del Cid agachó la 178 cabeza no me dijo disculpe, solo la observó, y ella comenzó a reírse a carcajadas […]. ” 146. La CIDH considera que en el presente caso, las actitudes de los funcionarios estatales reflejadas hacia Rosa Elvira Franco, demuestran la existencia de estereotipos, que por otra parte habrían incidido en la falta de diligencia en la investigación. 147. En consecuencia de lo anterior, la CIDH determina que el Estado de Guatemala falló en su deber de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia sufridos por María Isabel Véliz Franco en contravención del artículo 7 de la Convención de Belém do Pará en relación con el artículo 24 de la Convención Americana, en concordancia con la obligación general de respetar y garantizar los derechos prevista en el artículo 1.1 de este instrumento internacional. Asimismo determina que, conforme se estableció en la sección anterior sobre los artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana, el Estado falló en su deber de actuar con la debida diligencia para efectuar una adecuada investigación y sanción de los hechos referentes a la muerte de María Isabel Véliz Franco y evitar la impunidad, en contravención de los artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana, todo ello en relación con el artículo 1.1 de dicha Convención en perjuicio de Rosa Franco Sandoval (madre), Leonel Enrique Véliz Franco (hermano), José Roberto Franco (hermano) y Cruz Elvira Sandoval Polanco de Franco (abuela, fallecida) y Roberto Franco Pérez (abuelo, fallecido), en relación con el artículo 24 de la Convención Americana. 174 CIDH, Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas, OEA/Ser. L/V/II. doc.68, 20 de enero de 2007, párr. 151. 175 Corte IDH. Caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Serie C No. 205, párr. 401. 176 CIDH, Acta de Audiencia No. 5, Caso 12.578, María Isabel Véliz Franco, Guatemala, 20 de marzo de 2009. 177 CIDH, Acta de Audiencia No. 5, Caso 12.578, María Isabel Véliz Franco, Guatemala, 20 de marzo de 2009. 178 Comunicación de Rosa Elvira Franco de fecha 27 de abril de 2007, dirigida a la CIDH.

Seleccionar párrafo de destino3