19 48. En este contexto se crearon los Batallones de Infantería de Reacción Inmediata en la Fuerza Armada salvadoreña, como el Atlacatl en marzo de 1981, que eran unidades entrenadas especialmente para la lucha contrainsurgente, las cuales habían concluido su entrenamiento, bajo la asesoría y supervisión de militares estadounidenses 40. Según la Comisión de la Verdad, durante este período se “registr[ó] el mayor número de muertes y violaciones de los derechos humanos” 41. Así, la Comisión de la Verdad recibió testimonios directos de numerosas ejecuciones masivas ocurridas en el transcurso de los años 1980, 1981 y 1982, en las cuales miembros de la Fuerza Armada, en el curso de operaciones contrainsurgentes, “ejecutaron a campesinos, hombres, mujeres y niños, que no habían opuesto ninguna resistencia, simplemente por considerarlos colaboradores de los guerrilleros” 42. La Comisión de la Verdad descartó “toda posibilidad de que se haya tratado de incidentes aislados o de exceso de los soldados o sus jefes inmediatos. […] Todo comprueba que estas muertes se inscriben dentro de un patrón de conducta, de una estrategia deliberada de eliminar o aterrorizar a la población campesina de las zonas de actividad de los guerrilleros, a fin de privar a éstos de esta fuente de abastecimientos y de información, así como de la posibilidad de ocultarse o disimularse entre ella” 43. Según la Comisión de la Verdad, es imposible sostener que este patrón de conducta sea atribuible sólo a los mandos locales, y que haya sido desconocido de los mandos superiores, pues las masacres de población campesina fueron denunciadas reiteradamente, sin que existan evidencias de que se haya hecho ningún esfuerzo por investigarlas 44. 49. La Corte resaltó que, en el marco del referido conflicto armado y del fenómeno de la desaparición forzada de personas, ocurrió también un patrón más específico, reconocido por el Estado (supra párr. 19), relacionado con la desaparición forzada de niños y niñas, quienes eran sustraídos y retenidos ilegalmente por miembros de la Fuerza Armada en el contexto de los operativos de contrainsurgencia. Asimismo, está establecido que dicha práctica implicó, en muchos casos, la apropiación de los niños y niñas e inscripción con otro nombre o bajo datos falsos. Según fue indicado por la Asociación Pro-Búsqueda, institución de la sociedad civil que ha documentado e investigado con mayor profundidad este fenómeno y realizado acciones para la búsqueda y reencuentro de los jóvenes con sus familias 45, a abril de 2014 había registrado 926 casos de niñas y niños desaparecidos durante el conflicto armado, de los cuales había resuelto aproximadamente 389. De éstos, 239 se habían reencontrado con sus familias biológicas, 54 habían sido localizados fallecidos y 96 se encontraban pendiente de reencuentro. 50. Con base en la labor realizada por la Asociación Pro-Búsqueda, la Corte ha identificado los siguientes componentes que permiten caracterizar el patrón sistemático de desapariciones forzadas de niñas y niños durante el conflicto armado en El Salvador 46: 40 Cfr. Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador, supra, párr. 67, citando Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, De la locura a la esperanza, La guerra de 12 años en El Salvador, 1992-1993. 41 Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 48, citando Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, De la locura a la esperanza, La guerra de 12 años en El Salvador, 1992-1993. 42 Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 50, citando Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, De la locura a la esperanza, La guerra de 12 años en El Salvador, 1992-1993. 43 Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 50, citando Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, De la locura a la esperanza, La guerra de 12 años en El Salvador, 1992-1993. 44 Cfr. Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 50, citando Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, De la locura a la esperanza, La guerra de 12 años en El Salvador, 1992-1993. 45 Cfr. Caso de las Hermanas Serrano Cruz Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de marzo de 2005. Serie C No. 120, párr. 48.6, y Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párr. 52. 46 Cfr. Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, supra, párrs. 51 a 55.

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