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grupo se detuvo en la zona conocida como Quebrada Seca para alimentarse y descansar 150. Algunas
personas continuaron camino, pero al ver que se acercaban los soldados lograron esconderse 151. Las
personas que permanecieron en una plantación de caña de azúcar decidieron esconderse en la
Quebrada Seca. Sin embargo, fueron descubiertos por un grupo de soldados, quienes dispararon
contra ellos 152. En ese momento, capturaron a Manuel Antonio Bonilla 153. Ricardo Abarca Ayala y su
hermana Ester, quienes se habían refugiado en la quebrada, fueron posteriormente descubiertos por
los soldados y capturados junto con María Josefa Rosales, María Esperanza Alvarado y Mauricio
Osorio Alvarado 154. Luego de caminar unos kilómetros, los soldados dejaron libre a María Josefa
Rosales, por su avanzada edad, entregándole a Ester Abarca Ayala y a Mauricio Osorio Alvarado 155.
Varios testimonios indicarían haber visto a los dos niños y a una mujer en el cuartel de
Sensuntepeque 156. En el momento de su captura Manuel Antonio Bonilla y Ricardo Abarca Ayala
tenían 10 y 13 años, respectivamente.
82.
Los familiares realizaron múltiples diligencias para encontrar a los niños Manuel Antonio
Bonilla y Ricardo Abarca Ayala. En el informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador
publicado en el año 1993 aparecen en las listas como víctimas de homicidio por “fuentes indirectas”,
a manos de la Fuerza Armada de El Salvador 157.
83.
El 20 de enero de 1996 se presentó el caso ante la Asociación Pro-Búsqueda 158. El 31 de
mayo de 1996 la Asociación Pro-Búsqueda presentó ante la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos un listado de varias denuncias presentadas ante dicha Asociación por familiares
150
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folio 4745), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides Bonilla
Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
151
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folio 4745), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides Bonilla
Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
152
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folio 4745), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides Bonilla
Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
153
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folio 4745), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides Bonilla
Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
154
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folios 4745 a 4746), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides
Bonilla Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
155
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folios 4745 a 4746), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides
Bonilla Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
156
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Ester Abarca Ayala el 21 de marzo de 2014 (expediente
de prueba, tomo X, affidávits, folios 4745 a 4746), y Declaración rendida ante la Corte Interamericana por José Arístides
Bonilla Osorio durante la audiencia pública celebrada el 1 de abril de 2014.
157
Cfr. Informe de la Comisión de la Verdad para el Salvador, “De la Locura a la Esperanza”, Anexos, Tomo II, #6. Lista
de víctimas presentadas a la Comisión de la Verdad” a partir de “Fuente Indirecta”, págs. 16 y 20 (expediente de trámite
ante la Comisión, tomo II, folios 916 a 918). Al respecto, la Asociación Pro-Búsqueda explicó que los familiares no acudieron
directamente a la Comisión de la Verdad pero sí realizaron gestiones ante otros organismos para denunciar que ambos
niños fueron víctimas de las acciones de la Fuerza Armada de El Salvador. Asimismo, indicó que “[p]robablemente, la
inclusión en los listados de personas asesinadas se debe a que para 1993 las familias salvadoreñas guardaban pocas
esperanzas de los niños capturados por la Fuerza Armada permanecieran con vida”. Escrito de la Asociación Pro-Búsqueda
de 10 de noviembre de 2006 (expediente de trámite ante la Comisión, tomo II, folio 1049).
158
Cfr. Telefax emitido por la Asociación Pro-Búsqueda el 2 de febrero de 2005 (expediente de trámite ante la
Comisión, tomo II, folio 970).