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E.
Santos Ernesto Salinas
María Adela Iraheta
Julio Antonio Flores Iraheta
Felipe Flores Iraheta
María Estela Salinas de Figueroa
Amparo Salinas de Hernández
Josefa Salinas Iraheta
Familia Hernández Sánchez
Víctima desaparecida
Madre fallecida
Hermano
Hermano
Hermana
Hermana
Hermana fallecida
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
80.000,00
50.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
Emelinda Lorena Hernández
María Adela Hernández
José Juan de la Cruz Sánchez
Joel Alcides Hernández Sánchez
Valentina Hernández
Santiago Pérez
Juan Evangelista Hernández Pérez
José Cristino Hernández
Eligorio Hernández
Rosa Ofelia Hernández
Familia Bonilla Osorio
Víctima desaparecida
Madre
Padre fallecido
Hermano
Abuela materna
Abuelo materno
Tío materno
Tío materno
Tío materno
Tía materna
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
80.000,00
50.000,00
50.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
Manuel Antonio Bonilla
María de los Ángeles Osorio
José de la Paz Bonilla
José Arístides Bonilla Osorio
María Inés Bonilla de Galán
María Josefa Rosales
María Esperanza Alvarado
Luis Alberto Alvarado
Familia Abarca Ayala
Víctima desaparecida
Madre
Padre fallecido
Hermano
Hermana
Abuela materna
Tía
Tío
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
80.000,00
50.000,00
50.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
Ricardo Abarca Ayala
Petronila Abarca Alvarado
Daniel Ayala Abarca
José Humberto Abarca Ayala
Ester Abarca Ayala
Osmín Abarca Ayala
Paula Alvarado
Víctima desaparecida
Madre
Hermano
Hermano
Hermana
Hermano
Abuela
US$
US$
US$
US$
US$
US$
US$
80.000,00
50.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
10.000,00
Costas y gastos
259. Los representantes solicitaron a la Corte que valorara en equidad el reintegro de las costas
y gastos a favor de la Asociación Pro-Búsqueda, por la investigación de estos casos que, en principio
fueron tramitados a nivel interno y ahora a nivel internacional, pero en ambos momentos han
significado desembolsos para transporte, mensajería, servicios de comunicación, alimentación,
hospedaje de las víctimas, servicios profesionales, gastos investigativos efectuadas por la Asociación
Pro-Búsqueda correspondientes a labor de búsqueda y a talleres impartidos a diversas personas,
entre las cuales se encuentran las víctimas del presente caso. Solicitaron a la Corte que tomara las
cantidades asignadas en los anteriores casos, como por ejemplo el total de US$ 70.000,00 asignado
por el Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, como base mínima estimativa sobre la cual debía
estimarse una cantidad relativa al tiempo, labores y recursos utilizados para la búsqueda de las
víctimas por más de 18 años. Los gastos en los que la Asociación Pro-Búsqueda había incurrido para
el presente caso ascendían al momento del escrito de solicitudes y argumentos a US$ 168.128,59
(ciento sesenta y ocho mil ciento veintiocho dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta
y nueve centavos). Junto con sus alegatos finales escritos proporcionaron comprobantes por un
total de US$ 3.977,04 (tres mil novecientos setenta y siete dólares de los Estados Unidos de
América con cuatro centavos).
260. El Estado solicitó a la Corte que las costas y gastos correspondientes fueran debida y
suficientemente acreditados y se adecuaran a la proporción que establece el precedente de las
sentencias dictadas en el Caso de las Hermanas Serrano Cruz y el Caso Contreras y otros.