13 37. Germán Escué se encontraba con el torso desnudo, descalzo y en pantaloneta, cuando fue detenido y llevado por los militares hacia las montañas26. 38. Después de haber caminado por un tiempo aproximado de veinte minutos27, el Cabo Camacho Riaño se retrasó unos metros junto con Germán Escué Zapata28, a quien golpeó en el estómago con la culata del fusil que portaba, haciendo que se doblegara29. El señor Escué Zapata suplicó al Cabo Camacho Riaño que no lo matara30, pero el Cabo retrocedió y le disparó varias veces causándole la muerte31. Momentos después, su cadáver fue encontrado por sus familiares en el camino que de Vitoyó conduce a Loma Redonda32. 39. Al llegar al campamento, los soldados que presenciaron los hechos fueron orientados por sus superiores a decir que durante el traslado se había producido un “hostigamiento” con un grupo guerrillero y que Germán Escué había muerto en medio del fuego cruzado33. 26 Cfr. declaración de Etelvina Zapata Escué de 22 de septiembre de 1994 (expediente de anexos a la demanda, Anexo 17, folio 110), y declaración de Omaira Escué Coicue de 4 de diciembre de 2002 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 1, folio 1915). 27 Cfr. declaración del señor Francisco Javier Bedoya Aguirre de 18 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2402). 28 Cfr. declaración del señor Hidelbran Castro Quintero de 17 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2389); declaración de Rubén Darío Aricapa García de 18 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2406); diligencia indagatoria de Evert Ospina Martínez de 1 de abril de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folio 2544), y ampliación de declaración de Oscar Iván Arias Herrera de 7 de junio de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folio 2731). 29 Cfr. declaración de Oscar Iván Arias Herrera de 18 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2411), y ampliación de declaración de Oscar Iván Arias Herrera de 7 de junio de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folio 2731). 30 Cfr. ampliación de indagatoria de Evert Ospina Martínez de 7 de junio de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folio 2737). 31 Cfr. declaración de Hidelbran Castro Quintero de 17 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2390); declaración de Oscar Iván Arias Herrera de 18 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2411); ampliación de declaración de Oscar Iván Arias Herrera de 7 de junio de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folio 2731); diligencia indagatoria de Evert Ospina Martínez de 1 de abril de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folio 2544), y ampliación de indagatoria de Evert Ospina Martínez de 7 de junio de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 4, folios 2737). 32 Cfr. declaración de Bertha Escué Coicue de 1 de julio de 1999 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 1, folio 1802); croquis elaborado por la técnico judicial Amalfi Ordóñez Realpe en la diligencia de inspección de restos humanos el 27 de noviembre de 2002 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 1, folio 1876); declaración de Etelvina Zapata Escué en audiencia publica ante la Comisión Interamericana celebrada el 17 de octubre de 2002 (expediente de anexos a la demanda, Tomo I, Anexo 3, folio 37); declaración de Mario Pasu de 27 de mayo de 1999 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 1, folio 1782); declaración del señor Aldemar Escué Zapata de 1 de julio de 1999 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 1, folio 1805); declaración del señor Aldemar Escué Zapata de 30 de noviembre de 2002 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 1, folio 1912); declaración jurada de Mario Pasu de 16 de enero de 2007 (expediente de fondo, Tomo III, folio 645); declaración jurada de Bertha Escué Coicue de 16 de enero de 2007 (expediente de fondo, Tomo III, folio 606), y declaración jurada de Ayénder Escué Zapata de 16 de enero de 2007 (expediente de fondo, Tomo III, folio 652). 33 Cfr. declaración de Marco Tulio Cañas Torres de 24 de febrero de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2333); ampliación de la declaración de Marco Tulio Cañas Torres de 17 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2378); declaración de Rubén Darío Aricapa García de 18 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la demanda, expediente de la Fiscalía, Cuaderno 3, folio 2406); declaración de Oscar Iván Arias Herrera de 18 de marzo de 2006 (expediente de anexos a la contestación a la

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