7 A) Prueba Documental, Testimonial y Pericial 23. A solicitud del Presidente (supra párr. 8) fueron recibidas las declaraciones juradas y las rendidas ante fedatario público (affidávit) de los siguientes testigos y peritos: a) Bertha Escué Coicue (declaración jurada), testigo propuesta por la Comisión. Declaró, inter alia, sobre: las circunstancias del operativo militar en que supuestamente se detuvo ilegalmente, torturó y ejecutó a su compañero Germán Escué Zapata; los alegados obstáculos enfrentados por la familia de la presunta víctima en la búsqueda de justicia; y las consecuencias para la familia de la presunta víctima, para la Comunidad Indígena del resguardo de Jambaló y para las demás comunidades indígenas de la zona, de las alegadas violaciones a los derechos humanos sufridas por su compañero; b) Aldemar Escué Zapata (declaración jurada), testigo propuesto por los representantes. Declaró, inter alia, sobre: la supuesta detención arbitraria e ilegal, la alegada tortura y la presunta entrada violenta al domicilio en el que se encontraba el señor Escué Zapata; la supuesta ejecución extrajudicial de su hermano; y las consecuencias que presuntamente se generaron para la familia y para la Comunidad Indígena; c) Ayénder Escué Zapata (declaración jurada), testigo propuesto por los representantes. Declaró, inter alia, sobre: el supuesto impacto que generó en la familia y en la Comunidad las alegadas detención ilegal, tortura, ejecución extrajudicial, falta de esclarecimiento de los hechos y sanción de los responsables de la muerte de su hermano. Todo lo anterior en un supuesto contexto de persecución estatal a la familia Escué Pasu por la lucha por un territorio; y sobre la importancia que tenía Germán Escué Zapata al interior de la familia y la Comunidad en el supuesto rol de protector de la relación de la Comunidad con su territorio; d) Mario Pasu (declaración jurada), testigo propuesto por los representantes. Declaró, inter alia, sobre: los hechos relacionados con la supuesta detención arbitraria e ilegal, la alegada tortura y la presunta ejecución extrajudicial de su hijo; el alegado patrón de violencia ejercido contra las comunidades indígenas del Cauca en la época de los hechos; y el supuesto daño causado a la familia y a la Comunidad Indígena como consecuencia de tales hechos; e) Oscar Iván Arias Herrera (affidávit), testigo propuesto por el Estado. Declaró, inter alia, sobre: la presencia de un morador indígena de la vereda de Loma Redonda en compañía del Ejército en Loma Redonda y Vitoyó el 1 de febrero de 1988; la muerte del indígena Paez, señor Germán Escué Zapata; el regreso de las unidades del Ejército a Loma Redonda y las instrucciones que recibieron los soldados acerca de este caso; f) Esther Sánchez de Guzmán (declaración jurada), perito propuesta por la Comisión. Declaró, inter alia, sobre: la situación de las comunidades indígenas en el conflicto interno colombiano; las consecuencias para una comunidad indígena del homicidio de uno de sus líderes; y el acceso de la población indígena a la justicia, y g) Héctor Hernán Mondragón Báez (declaración jurada), perito propuesto por los representantes. Declaró, inter alia, sobre: el sentido o significado que tiene para los indígenas Paeces la impunidad; las implicaciones, consecuencias y reacción de la comunidad frente a la misma; el impacto que causa a una

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